Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 12/12/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

ACUERDO de 20 de noviembre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas en los puestos de trabajo relacionados en el Anexo.

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Dentro de las funciones asignadas al Jefe de la Sección de Administración General, adscrita al Servicio de Administración General y Contratación de esta Consejería, se encuentra la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con el original, por ser el encargado del Registro General de Documentos, de conformidad con lo establecido en el art. 23 del Decreto 204/1995, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos.

En el normal ejercicio de las funciones asignadas al Servicio de Gestión de la Formación Ocupacional, dependiente de la Dirección General de Formación Profesional y Empleo de esta Consejería, surge un gran cúmulo de trabajo con la presentación de las solicitudes de participación en los Programas de Formación Profesional Ocupacional. Junto a esta solicitud, los ciudadanos deben aportar diversa documentación establecida en dichos Programas. Ello genera un gran volumen de trabajo, sobre todo en cuanto a la expedición de copias mediante cotejo. Por tanto, se hace necesario, por razones técnicas, proceder a la delegación de la correspondiente competencia, de conformidad con lo establecido al respecto en los arts. 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Visto lo anterior,

ACUERDO

Primero. Delegar, en los puestos de trabajo relacionados en Anexo, la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos, atribuida al Jefe de la Sección de Administración General, respecto de la documentación exigida por las normas reguladoras de los Programas de Formación Profesional Ocupacional de la Dirección General de Formación Profesional y Empleo.

Segundo. La presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el art. 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de noviembre de 1998.- El Jefe de la Sección de Administración General, Rafael Torres Bengoa.

ANEXO QUE SE CITA

Código: 858000.

Puesto de trabajo: Servicio de Gestión de la F.P.O.

Código: 858010.

Puesto de trabajo: Departamento de Coordinación.