Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 17/12/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica Acuerdo de Iniación incoado a don Ramón Barreira Sánchez del expediente sancionador núm. SAN/EP-14/98-SE.

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Vista la denuncia formulada con fecha 31 de mayo de 1998 por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, II Subagrupación. 21º Sector. Dto. de Lora del Río contra don Ramón Barreira Sánchez, se observan presuntas infracciones a la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Siendo este órgano competente para la iniciación de expediente sancionador por los hechos, de acuerdo con el Real Decreto

1677/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos; Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, que asigna la competencia a la Consejería de Gobernación, y en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto 50/1985, de

5 de marzo, en relación con el art. 29, apartado 1.d), de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, y al amparo de lo establecido en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 11 y 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

He acordado la iniciación de expediente sancionador, tramitándose el mismo por el procedimiento administrativo común, nombrando Instructora del mismo a doña Mª Dolores Alvarez Halcón, funcionaria de esta Delegación del Gobierno, contra quien podrá promover recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, cuando concurra alguna de las causas y con los requisitos dispuestos en los arts. 28 y 29 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En cumplimiento de la normativa expuesta y examinada la documentación remitida por el denunciante constan los siguientes hechos ocurridos a la altura del Km 110,00 de la A-

431 (Córdoba-Sevilla):

Celebrar una prueba deportiva ciclista, careciendo de la correspondiente autorización, lo que contraviene el contenido de la Ley Orgánica 1/1992, tipificado como infracción grave en el art. 23.d) de la Ley anteriormente mencionada, conducta que puede ser sancionada con una multa de hasta 5 millones ptas., de conformidad con el art. 28.a) de la mencionada Ley 1/1992.

Igualmente le significo que podrán adoptarse medidas de carácter provisional, a tenor de lo establecido en el art. 15 del mencionado Real Decreto 1398/1993.

En cualquier momento del procedimiento podrá reconocer la responsabilidad de los hechos denunciados con los efectos que establece el art. 8 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora ya citado.

Asimismo, se inicia un plazo de 15 días para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes así como la proposición y práctica de la prueba en dicho plazo, concediéndose trámite de audiencia durante el mismo plazo, pudiendo en este período examinar el expediente.

Trasládese al Instructor del expediente y notifiquese al interesado.

Sevilla, 24 de septiembre de 1998.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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