Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 29/12/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 2 de diciembre de 1998, de la Dirección General de Universidades e Investigación, por la que se adjudican becas para prácticas de alumnos universitarios en empresas de Huelva, Málaga y Sevilla, convocadas por Orden que se cita.

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Artículo 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 18 de febrero de 1998 (BOJA núm. 37, de 2 de abril de 1998), por la que se convocan becas para la realización de prácticas de alumnos universitarios en empresas radicadas en Andalucía y vista la propuesta de la Comisión de Selección, esta Dirección General propone conceder becas a los alumnos seleccionados por dicha Comisión para las empresas de las provincias de Huelva, Málaga y Sevilla.

Artículo 2. Obligaciones del beneficiario. Son obligaciones del beneficiario de la subvención:

a) Realizar la actividad objeto de la subvención.

b) Justificar ante la entidad colaboradora la realización de la actividad.

c) El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Educación y Ciencia o por la entidad colaboradora, y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

d) Comunicar a la Consejería de Educación y Ciencia la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública, o ente público o privado, nacional o internacional.

Artículo 3. Obligaciones de la entidad colaboradora. Son obligaciones de la entidad colaboradora:

a) Entregar a los beneficiarios los fondos recibidos de acuerdo con las normas reguladoras de la subvención o ayuda.

b) Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes para su otorgamiento.

c) Justificar la aplicación de los fondos recibidos ante la Consejería de Educación y Ciencia y, en su caso, entregar la justificación presentada por los beneficiarios.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación que, respecto a la gestión de dichos fondos, pueda efectuar la Consejería de Educación y Ciencia, a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

e) Colaborar en la restitución de las subvenciones otorgadas en los supuestos en que concurra causa de reintegro, y conforme a las normas que se establezcan.

Artículo 4. Modificación de la resolución de concesión. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Artículo 5. Conforme al art. 31 de la Orden de 17 de julio de

1997 (BOJA núm. 96, de 19 de agosto de 1997) y el artículo

59.5, apartado b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los listados de beneficiarios de las becas se harán públicos en los tablones de anuncios de los Centros de Orientación e Información de Empleo (COIE) y en el caso de no existir este departamento, en el Rectorado de cada Universidad, así como en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales de la Consejería de Educación y Ciencia.

Artículo 6. Esta Resolución se dicta por delegación en virtud del art. 3º de la Orden de 17 de julio de 1997 y contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la publicación de esta Resolución, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en el artículo 37.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de diciembre de 1998.- El Director General, José Luis Pino Mejías.

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