Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 14/02/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 19 de enero de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Villanueva del Ariscal (Sevilla) en clase segunda y se crea la Intervención de clase segunda.

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El Ayuntamiento de Villanueva del Ariscal (Sevilla) ha solicitado de esta Dirección General la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría de esa Corporación, actualmente de clase tercera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en clase segunda y la creación del puesto de trabajo de Intervención, igualmente de clase segunda, en sesión celebrada el día 1 de diciembre de 1997, de conformidad con lo previsto en los artículos 2, 7 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asigna a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de

29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Artículo único. 1. Clasificar el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Villanueva del Ariscal, perteneciente a la provincia de Sevilla, denominado Secretaría, en clase segunda, quedando como Secretario, con carácter definitivo, don Luis Manuel Ramírez Rodríguez.

2. Crear el puesto de trabajo de Intervención, de clase segunda.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el art.

109, apartado d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el art. 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 19 de enero de 1998.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.

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