Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 14/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 23 de febrero de 1998, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se modifica la de 7 de mayo de 1996, sobre composición de la Mesa de Contratación en el Organismo.

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El artículo 1º de la Resolución de 7 de mayo de 1996, BOJA núm. 61, de

25 de mayo, establecía la composición de la Mesa de Contratación del Instituto Andaluz de la Mujer.

Posteriormente, el Decreto 265/1997, de 11 de noviembre, efectuó una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente al Instituto Andaluz de la Mujer, para hacer efectivas las alteraciones producidas en el funcionamiento y organización de este Organismo en virtud del Decreto 120/1997, de 22 de abril, por el que modifica su reglamento orgánico.

Por todo ello es necesario adecuar a la nueva Relación de Puestos de Trabajo los titulares de los puestos de trabajo que integran como miembros la Mesa de Contratación y a los que se refiere el artículo 1º b) y c) de la Resolución de 7 de mayo de 1996.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el art. de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, y en el art. del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, y en uso de las facultades que el art. del Decreto 120/1997, de 22 de abril, me atribuyen,

RESUELVO

Artículo Unico. Se modifica el artículo 1 de la Resolución de 7 de mayo de

1996 del Instituto Andaluz de la Mujer, que quedará redactado en los términos siguientes:

«Artículo 1º La Mesa de Contratación del Instituto Andaluz de la Mujer estará integrada por los siguiente miembros:

a) Presidenta/e: Titular de la Secretaría General. En caso de ausencia o enfermedad, será suplida/o por la/el titular del Servicio de Personal, Administración General y Contratación.

b) Vocales:

1. Titular del Servicio de Personal, Administración General y Contratación. En caso de ausencia, enfermedad o de ejercer las funciones de la Presidenta, será sustituido por la/el Titular de la Sección de Contratación, Convenios y Subvenciones, por la/el Titular del Negociado de Contratación, o bien por la/el Titular del Negociado de Subvenciones y Convenios.

2. Titular del Gabinete o Servicio responsable de la tramitación del expediente. En su defecto será sustituido por el/la funcionario/a designado al efecto por la/el Titular.

3. Representante del Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

4. Interventor/a de la Junta de Andalucía.

c) Secretaria/o: Podrá actuar como tal la/el Titular del Negociado de Contratación o la/el Titular del Negociado de Subvenciones y Convenios, siempre que no sustituyan al Titular del Servicio de Personal, Administración General y Contratación¯.

Disposición Final Unica. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de febrero de 1998.- La Directora, Carmen Olmedo Checa.