Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 14/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 17 de febrero de 1998, por la que se presta conformidad a la cesión gratuita de un terreno propiedad del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), a la Diputación Provincial de Córdoba, para la construcción de un Parque Comarcal de Bomberos.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma, en materia de Régimen Local.

En su virtud al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Prestar conformidad a la cesión gratuita de un terreno del Ilmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 28 de octubre de 1997, previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 226, de 30 de septiembre de 1997, y cuya descripción es la siguiente:

Rústica. Parcela de tierra calma, en forma de polígono irregular, sita en el partido del Pozo de Castro, de este término. Tiene una superficie de cincuenta y dos áreas y seis centiáreas o cinco mil doscientos seis metros cuadrados, que linda: Norte, olivar de los herederos de don Rafael Cantero; al Este, la carretera C-327 de Lucena a Cabra; al Sur, con resto de finca matriz de donde se segrega de doña Antonia Villa García; al oeste, con el Camino del Mocholar. Dicho polígono presenta fachada a la CC-327 en cincuenta y cuatro metros y setenta centímetros, y al camino del Mocholar en un frente de cincuenta y ocho metros; los lados menores Norte y Oeste se separan del vértice Noroeste del Cortijo existente en la finca matriz tres y cinco metros, respectivamente.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Consejería de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 17 de febrero de 1998

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia