Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 28/03/1998

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 23 de febrero de 1998, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la revisión de las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Huelva. (PP. 650/ 98).

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Con fecha 3 de diciembre de 1997 ha sido presentada en la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Huelva por don Germán Salvador Pérez, en nombre y representación de la empresa Damas, S.A., concesionaria de la explotación de la Estación de Autobuses de Huelva, solicitud de revisión de las tarifas máximas de aplicación en la indicada Estación, en base a lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de Régimen Interior, aprobado por esta Dirección General para dicha Estación, que prevé la variación anual de las tarifas en el porcentaje de aumento del IPC, referido a los 12 meses naturales precedentes.

Con fecha 26 de diciembre de 1997, con núm. de registro de entrada 52.464, la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Huelva nos remite dicha solicitud.

Con fecha 23 de febrero de 1998, el Servicio de Gestión del Transporte de la Dirección General de Transportes emite informe favorable a la solicitud de revisión de las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Huelva, propuesta por la empresa Damas, S.A.

Las tarifas actualmente en vigor se encuentran aprobadas por Resolución de esta Dirección General de fecha 20 de diciembre de 1996 (BOJA núm. 7, de 16 de enero de 1997).

A la vista de lo anterior, teniendo en cuenta el informe oportunamente evacuado, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, su Reglamento de aplicación, de

28 de septiembre de 1990, y el Reglamento de Régimen Interior de la Estación de Autobuses de Huelva, se considera conveniente incrementar las tarifas en un 1,9% como propone el concesionario, redondeando las mismas a la peseta.

Por todo ello, esta Dirección General,

R E S U E L V E

Primero. Aprobar el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Huelva, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Segundo. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Tercero. Las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Huelva entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el BOJA.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 23 de febrero de 1998.- El Director General, Miguel Durbán Sánchez.