Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 02/04/1998

1. Disposiciones generales

Presidencia

DECRETO del Presidente 1/1998, de 24 de marzo, de asignación de competencias.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por Decreto 148/1994, de 2 de agosto, se asignó a la Consejería de Cultura las competencias relativas al voluntariado, permaneciendo esta atribución tras las reestructuraciones operadas por Decretos 132/1996, de 16 de abril, y 382/1996, de 1 de agosto.

Dada la actual configuración de la Consejería de Cultura, la experiencia acumulada en los últimos años, así como la importancia del componente social del voluntariado, es aconsejable asignar dicha competencia a la Consejería de Asuntos Sociales.

En virtud de lo que establecen los arts. 16.4 y 36.2 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo Unico. Asignar las competencias en materia de voluntariado a la Consejería de Asuntos Sociales.

Disposición Adicional Unica. Se faculta a la Consejería de Economía y Hacienda para realizar las supresiones, transferencias y modificaciones de créditos necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en este Decreto.

Disposición Derogatoria Unica. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al presente Decreto.

Disposición Final Unica. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de marzo de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

Descargar PDF