Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 02/04/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 12 de marzo de 1998, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Fundación denominada Escuelas del Ave María de Málaga.

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Visto el expediente de adaptación a la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de esta Consejería de la Fundación denominada «Escuelas del Ave María¯, constituida y domiciliada en Málaga, Avenida Sor Teresa Prat,

51.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación fue reconocida y clasificada por Orden del Ministerio de Educación Nacional de fecha 14 de marzo de

1945, solicitando la adaptación de sus Estatutos a la Ley 30/94, por Escrituras Públicas de fecha 29 de noviembre de 1996, ante don Alfonso Casasola Tobia, Notario del Ilustre Colegio de Granada, con número de protocolo 3.577, corregidas por el mismo Notario con fecha 4 de noviembre de 1997, con número de protocolo 3.499.

Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes: La Fundación tiene como objeto la formación católica y patriótica de las clases sociales más desfavorecidas, inspirada y orientada en los principios y procedimientos manjonianos. Para ellos establecerán y sostendrán los centros de enseñanza que crean convenientes, siempre sometidos a la autoridad religiosa, católica, apostólica y romana.

Tercero. La dotación de la Fundación está constituida por: Inmueble cuya descripción es la siguiente: Parcela de Terreno procedente de la Hacienda de San Ciriaco, en el partido primero de la Vega, de este término, en lo que hoy se denomina Urbanización Barrio de Las Delicias, que mide una superficie aproximada de cuatro mil doce metros sesenta y tres decímetros. Sobre este terreno se edificó un centro de enseñanza media con una superficie total construida de mil cuatrocientos cuarenta y dos metros cuadrados, que en la actualidad está siendo utilizado con la misma finalidad para la que se construyó, es decir, como Instituto de Enseñanza Media. La Obra Nueva se valoró en cuatro millones setecientas sesenta y siete pesetas, siendo la adquisición del solar gratuita.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato que estará formado por un mínimo de seis miembros y un máximo de diez miembros, siendo su Presidente don José Luis Esteve Balzola.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/94, de 24 de noviembre de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Decreto 2930/72, de 21 de julio que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto

42/83, de 9 de febrero del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82, de 29 de diciembre y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, por lo que, procede la adaptación de los Estatutos de la Fundación a la Ley

30/94, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica,

R E S U E L V E

Primero. Autorizar la adaptación de los Estatutos a la Ley

30/94, y su inscripción en el correspondiente Registro a la Fundación denominada «Escuelas del Ave María¯, con domicilio en Málaga, Avenida Sor Teresa Prat, 51.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las escrituras públicas de fecha 29 de noviembre de 1996, y su posterior modificación de fecha 4 de noviembre de 1997.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con el artículo 109.c), de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se podrá interponer en el plazo de 2 meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley, y el artículo 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de marzo de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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