Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 04/04/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 25 de febrero de 1998, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el delinde de la vía pecuaria Cordel de Zahara, tramo comprendido entre el descansadero del Andén y el término de Grazalema, en el término municipal de El Bosque (Cádiz).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente de deslinde en el tramo que va desde el Descansadero del Andén y el término municipal de Grazalema, de la vía pecuaria denominada «Cordel de Zahara¯, en el término municipal de El Bosque (Cádiz), instruido y tramitado por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, se desprenden los siguientes

H E C H O S

Primero. La vía pecuaria denominada «Cordel de Zahara¯, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 24 de marzo de 1959.

Segundo. Por Orden de fecha 21 de enero de 1997, de la Consejería de Medio Ambiente, se acordó el inicio de deslinde en el tramo que va desde el Descansadero del Andén hasta el término municipal de Grazalema, de la vía pecuaria «Cordel de Zahara¯, en el térmico municipal de El Bosque.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron en fecha 16 de abril de 1997, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos y publicándose el anuncio de los mismos en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz en fecha 1 de marzo del mismo año.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, ésta se somete a exposición pública, a partir del día 27 de junio de 1997, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, no habiéndose presentado alegaciones contrarias al mismo por parte de posibles interesados.

Quinto. El expediente de deslinde que nos ocupa ha sido debidamente informado por el Gabinete Jurídico.

Sexto. La Proposición de Deslinde ha sido redactada de conformidad con los trámites reglamentarios, incluyendo claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Compete a esta Viceconsejería la resolución presente en virtud del Decreto 148/1994, de 2 de agosto, sobre reestructuración de Consejerías y la Disposición Adicional Séptima de la Ley 8/1996, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1997, que suprime la Agencia de Medio Ambiente, atribuyendo las competencias y funciones de ésta a la Consejería de Medio Ambiente, entendiéndose asignadas las mismas al Viceconsejero de la citada Consejería.

2. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Decreto 202/1997, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, y demás legislación aplicable al caso.

3. La vía pecuaria «Cordel de Zahara¯, clasificada por Orden Ministerial de fecha 24 de marzo de 1959, siendo esta clasificación, como reza el artículo 7º de la Ley 3/1995, de Vías Pecuarias, el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características generales de cada vía pecuaria, debiendo, por tanto, el deslinde, como acto administrativo por el que se definen los límites de las vías pecuarias, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación. En este caso, la clasificación aprobada por la Orden Ministerial de 24 de marzo de 1959.

Considerando que el deslinde se ha ajustado preceptivamente a la Clasificación aprobada por Orden Ministerial de fecha 24 de marzo de

1959, y que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y demás legislación aplicable al caso.

Vista la favorable propuesta evacuada en fecha 29 de julio de 1997 por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 4 de diciembre de 1997, y a propuesta de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente,

HE RESUELTO

Aprobar el deslinde del tramo comprendido entre el Descansadero del Andén y el término municipal de Grazalema, de la vía pecuaria denominada «Cordel de Zahara¯, en el término municipal de El Bosque (Cádiz), a tenor de la descripción que sigue y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Descripción: Tiene su inicio este tramo deslindado de la vía pecuaria en el «Descansadero del Andén¯, junto al Hotel Las Truchas, estando cerrada la vía pecuaria en la primera 4/5 parte de su recorrido por medio de la «Dehesa del Lomo de Enmedio¯, siendo utilizada por los propietarios de las fincas colindantes bien para ser cultivada o bien para ser utilizada por el ganado.

En los primeros metros de su recorrido lleva dirección Este-Oeste, tomando poco después dirección Sur-Norte que conservará hasta su final en el término municipal de Grazalema.

Linda con propiedades de Terrenos del Sur, S.A., por la izquierda y derecha, existiendo un depósito construido dentro de la vía pecuaria. Este sigue por su margen derecha el vallado existente actualmente en la finca de la propiedad anteriormente citada, pasando por el caserío del Guarda citado en la clasificación de la vía pecuaria de El Bosque y del que actualmente no queda nada, tan sólo sus piedras que están amontonadas junto al vallado y dentro de la vía.

Deja la vía pecuaria el vallado de Terrenos del Sur, S.A., para pasar por medio de la finca de Yeguada El Bosque, S.A., quedando aún algunos de los olivos citados en la clasificación y que están dentro de ella. Pasa la vía por el puerto del Barrero que queda por la derecha, lindando nuevamente con las propiedades de terrenos del Sur, S.A., deja por la derecha, y a una distancia de 100 m., el Cortijo de la Dehesa del Lomo de Enmedio, para pasar por el Puerto de La Zorrera y continuando con el camino que existe actualmente y que está dentro, sigue por el Puerto del Lentisco y por medio de terrenos de dehesa con quejigos, encinas y matorral alto, propiedad de don José Pascual Ortega, quien linda con la vía a ambos lados. Cruza el Arroyo del Surcadero, para poco después hacer lo mismo con el camino de Prado del Rey a El Bosque y Grazalema. Rodea por la derecha al Cerro del Duque, mientras por la izquierda marcha próximo al Arroyo del Tamarguillo, el cual entra y sale en un corto trayecto. Deja el Cerro del Duque a la derecha para seguir por el Puerto de los Pasadizos, apareciendo por la derecha el Camino de Puerto Serrano a El Bosque, el cual queda dentro de la vía pecuaria. Esta linda por la derecha con el vallado de la propiedad de don Francisco Marín Rodríguez quien a su vez también lo hace por la izquierda. Pasa por delante del Cortijo del Espino, el cual queda a unos 40 metros por la derecha, sigue con dirección Norte y con el vallado hasta la línea de término que separa Grazalema de El Bosque, quedando por la izquierda y a unos 100 metros aproximadamente el Cerro de los Cuatro Términos: El Bosque, Prado del Rey, Grazalema y Zahara. Continúa esta vía por terrenos del término de Grazalema, justamente con el camino de Puerto Serrano a El Bosque y más adelante sigue para penetrar en el término municipal de Zahara por el Puerto de Armazón.

La anchura legal de esta vía pecuaria es de treinta y siete metros y cincuenta centímetros (37,50 metros) y una longitud de cuatro mil cuatrocientos setenta y siete metros lineales (4.477 metros).

Lo que así acuerdo y firmo, Sevilla, 25 de febrero de 1998.- El Viceconsejero, Luis García Garrido.

ANEXO

VIA PECUARIA: «CORDEL DE ZAHARA¯

Tramo comprendido: Desde «El Descansadero del Andén¯ hasta el término municipal de Grazalema.

Término municipal de El Bosque (Cádiz).

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF