Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 16/04/1998

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE GUADIX

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES DEL CONCURSO-OPOSICION PARA CUBRIR UNA PLAZA DE ENCARGADO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS POR PROMOCION INTERNA DESDE CATEGORIAS INFERIORES POR CONCURSO-OPOSICION

Primera. Es objeto de las presentes bases el cubrir una plaza de Encargado de Instalaciones Deportivas, vacante en la plantilla laboral fija de este Ayuntamiento, mediante promoción desde categorías inferiores, por concurso-oposición, quedando las presentes bases condicionadas a la publicación de la Oferta de Empleo Público 1998 en el BOE.

1.2. Con el fin de dar cumplimiento a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, el sistema de selección será el de Concurso-Oposición.

1.3. El aspirante nombrado por el tribunal prestará sus servicios en el Complejo Polideportivo Municipal y sus funciones básicas serán las de velar por las instalaciones Deportivas ubicadas en el recinto y Anexos al mismo, el control de las mismas bajo las directrices del Coordinador de las Instalaciones y Actividades Deportivas, de los medios mecánicos existentes, y la realización de los trabajos de mantenimiento de las mismas.

1.5. El aspirante que resulte nombrado para ocupar el puesto convocado quedará sometido al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley

53/1984, de 26 de diciembre.

1.6. La plaza convocada estará dotada económicamente con las retribuciones del grupo y nivel V que se fijan en el convenio colectivo del Personal Laboral de este Ayuntamiento; siéndole igualmente de aplicación la Cláusula adicional Primera de dicho Convenio.

Segunda. Para tomar parte en el concurso-oposición se deberá pertenecer a la plantilla laboral fija de este Ayuntamiento, y ostentar cualquiera de las categorías inferiores a la citada, es decir categorías de niveles del XI al XIII ambos inclusive, del Convenio del Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Guadix.

Igualmente se requiere tener los siguientes requisitos genéricos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquellos en que falten 10 años para la jubilación forzosa por edad.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario al servicio del Estado, a las Comunidades o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Instancias y admisión.

Las instancias para tomar parte en el concurso-oposición se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente y deberán contener la manifestación de que reúnen los requisitos a los que se refiere la base segunda.

Se acompañará los documentos acreditativos de los méritos alegados en la base 6.

Los trabajadores interesados en participar en el concurso-oposición, deberán presentar la correspondiente instancia en el Registro General de este Ayuntamiento en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de que se hayan publicado íntegramente las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Los siguientes anuncios que se produzcan se publicarán únicamente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Cuarta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador del concurso-oposición estará compuesto por:

Presidente: El Alcalde o persona en quien delegue, titular y suplente.

Vocales:

- vocal designado por el grupo municipal del PSOE, titulares y suplentes.

- vocal designado por el grupo municipal del PP, titulares y suplentes.

- Un vocal designado por el grupo municipal del CDS, titular y suplente.

- Un vocal designado por los representantes de los trabajadores, titular o suplente.

Secretario: El de la Corporación o persona en quien delegue, titular o suplente.

Los componentes del tribunal deberán de abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran cualquiera de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de tres de sus miembros, debiendo estar presentes el Presidente y el Secretario.

El Tribunal no podrá proponer para el ascenso a un número superior de aspirantes al de vacantes convocadas, siendo nulas las propuestas de ascenso que contravengan este límite.

El Tribunal podrá estar asesorado por, personal técnico, nombrado por el Sr. Alcalde o Concejal Delegado de personal, que actuará con voz pero sin voto.

Quinta. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases del presente concurso- oposición, así como lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

Sexta. Oposición. Consistirá en la realización de una prueba práctica directamente relacionada con el puesto objeto de convocatoria y determinada por el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo. Dicha prueba se valorará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar haber obtenido un mínimo de 10 puntos.

Séptima. Valoración de méritos y entrevista.

A) Méritos.

1. Por tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento: 0,5 puntos por cada año hasta un máximo de 10.

2. Por tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento, en puestos relacionados con el puesto objeto de la convocatoria: 1,5 puntos por cada año hasta un máximo de 10.

3. Por titulaciones académicas:

- Certificado de Estudios: 1.

- Graduado Escolar o FPI: 3.

4. Por cursos jornadas o seminarios directamente relacionados con el puesto objeto de convocatoria:

- De 100 a 150 horas: 0,3 por cada uno hasta un máximo de 2.

- De 151 a 200 horas: 0,5 por cada uno hasta un máximo de 2.

5. Por otros cursos de formación: 0,1 por cada uno hasta un máximo de

1.

El apartado 1 y 2 son incompatibles entre sí de modo que sólo se puntuará por uno de ellos en el supuesto de que haya coincidencia en el mismo aspirante.

Los servicios se acreditarán mediante certificación administrativa expedida por el Ayuntamiento.

Los cursos, jornadas o seminarios se acreditarán mediante copia compulsada del título, o certificación administrativa. En todo caso habrán de ser impartidos por entidades oficiales con reconocimiento público.

Los títulos académicos se justificarán mediante copia compulsada de los mismos o certificación expedida por el órgano administrativo competente.

En el supuesto que el aspirante presente dos títulos académicos sólo se valorará el más alto.

B) Entrevista: Se valorará de 0 a 5 puntos.

Octava. Propuesta del Tribunal.

El Tribunal formulará propuesta de ascenso a favor de aquel candidato que obtenga mayor puntuación en el concurso-oposición quien deberá presentar la documentación establecida en la base 2ª en el plazo de

20 días naturales.

Novena. Ascenso.

Una vez formulada la propuesta por el Tribunal, el Sr. Alcalde resolverá el ascenso del candidato propuesto en el plazo de 30 días naturales dentro de los cuales se formalizará la contratación.

A partir de la fecha de la Resolución de la Alcaldía surgirá la obligación del candidato de desempeñar el nuevo puesto de trabajo percibiendo las mejoras económicas desde ese día.

Décima. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

Diligencia: Que la hago yo, el Secretario General, para hacer constar que las presentes bases fueron aprobadas por la Corporación Municipal en Pleno Ordinario celebrado el pasado día 29 de enero de 1998. Guadix, 30 de enero de 1998. El Secretario General, Damián Rega Medialdea.

Diligencia: Que la hago yo, el Secretario General, para hacer constar que la Oferta de Empleo correspondiente año 1998 fue aprobada por el Pleno, en sesión de fecha 29 de diciembre de 1997, siendo la misma publica en el BOE núm. 60, de fecha 11 de marzo de 1998.

Guadix, 12 de marzo de 1998.- El Secretario General, Damián Rega Medialdea.