Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 30/04/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 14 de abril de 1998, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan Cursos de Formación a Distancia (Modalidad Libre) en los Programas correspondientes a los Planes de Formación de 1998.

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Aprobados el Plan de Formación para 1998, publicado por Resolución de 5 de febrero de 1998 (BOJA número 25, de 5-3-98), y el Plan de Formación Continua para 1998, se contienen, en distintos programas de ambos, cursos de formación a distancia (modalidad libre) cuya metodología, organización y seguimiento son idénticos, diferenciándose por sus contenidos.

Para que los interesados en estos programas de formación puedan planificar y organizar su participación de acuerdo a sus preferencias y posibilidades, se realiza esta convocatoria única de formación a distancia, que será válida para todos los cursos a realizar en 1998 por esta modalidad, ya estén incluidos en el Plan General, en el Plan de Personal Laboral o en el Plan de Formación Continua.

De esta forma, los solicitantes optarán por uno o dos cursos, a realizar en los períodos de tiempo elegidos y programando sus propias acciones de formación.

Por consiguiente y de acuerdo a los fines perseguidos con este tipo de actividades formativas de formación a distancia, se establecen las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. El Instituto Andaluz de Administración Pública convoca los cursos de formación a distancia (modalidad libre) recogidos en el Anexo I, correspondientes a los Planes de Formación para

1998, destinados al personal al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Segunda. Cada solicitante deberá rellenar una sola instancia, en la que optará por un máximo de dos de los cursos convocados.

Tercera. Realizada la selección de los cursos convocados, el alumno programará su proceso de aprendizaje y, en consecuencia, determinará, previa petición al profesor-evaluador que se le asigne, la fecha y lugar en que se efectuará la prueba de seguimiento.

Cuarta. Las solicitudes se presentarán o enviarán, según el modelo que se adjunta, a la Delegación del Gobierno de la provincia en que radique el centro de trabajo donde preste el servicio.

Sólo las personas que trabajen en los Servicios Centrales las dirigirán al IAAP.

Las solicitudes podrán remitirlas, también, vía fax, a los siguientes números:

DELEGACIONES DE GOBIERNO

Almería (Servicio de Función Pública): 950/21.31.24. Cádiz (Servicio de Función Pública): 956/24.52.23. Córdoba (Servicio de Función Pública): 957/48.55.17. Granada (Servicio de Función Pública): 958/29.35.68. Huelva (Servicio de Función Pública): 959/28.55.89. Jaén (Servicio de Función Pública): 953/25.47.28. Málaga (Servicio de Función Pública): 95/260.45.62. Sevilla (Servicio de Función Pública): 95/424.96.28-424.96.29. Instituto Andaluz de Administración Pública: 95/455.96.42.

No se considerarán las instancias que no se cumplimenten en su totalidad e igualmente las que no se envíen adecuadamente, en cuanto a la provincia o Instituto Andaluz de Administración Pública, a que se adscribe el solicitante.

Quinta. Estructura y metodología.

El seguimiento de los cursos se realizará mediante las técnicas de autoformación apoyada en los materiales de los cursos, compuestos por un manual, un cuaderno de actividades prácticas y un cuaderno de autoevaluación. El manual constituye el texto para estudio de los contenidos; el cuaderno de autoevaluación se utilizará por el alumno para ejercitar el aprendizaje y conocer su nivel de asimilación; el cuaderno de actividades facilita la obtención de los conocimientos mediante la realización de ejercicios.

El aprendizaje se realizará de forma autónoma, apoyándose en los materiales de autoformación citados, que se entregarán a los alumnos. Los cursos se desarrollarán desde el momento de la recepción de los materiales hasta la fecha en la que se produzca la prueba de evaluación.

Evaluación y certificación: Los alumnos serán convocados por el profesor-evaluador a la realización de las pruebas de

evaluación.

Las pruebas de seguimiento o evaluación se realizarán entre los días 6 de julio y 30 de octubre de 1998, en el lugar y fechas convenidas, a petición del alumno, según lo indicado en la base tercera. Esta prueba consistirá en responder a dos actividades prácticas y a cinco preguntas de test, en ambos casos de las contenidas en los materiales del curso. En este acto entregarán al profesor-evaluador las actividades del cuaderno de

actividades prácticas. Del resultado de la evaluación dependerá la expedición de la certificación de asistencia por 30 ó 40 horas lectivas según curso, debiéndose en todo caso superar la prueba de seguimiento para la expedición del certificado correspondiente.

Sexta. La selección de los alumnos se realizará dando prioridad a las personas con menos cursos de formación, de acuerdo al siguiente baremo de aplicación:

1º Tendrán preferencia los que hayan participado en un menor número de actividades de formación o cursos, impartidos u homologados por el IAAP, durante los últimos cinco años.

2º A igualdad del número de actividades de formación o cursos del punto anterior tendrán preferencia los que tengan un menor número de actividades de formación o cursos, impartidos u homologados por el IAAP, sin limitación de tiempo.

3º Los que se igualen en los anteriores apartados serán seleccionados en función de su mayor antigüedad en la

Administración Pública.

4º No serán seleccionados los que hubieran realizado más de cinco actividades de formación o cursos, durante los últimos cinco años, a no ser que quedaran plazas vacantes en los cursos convocados.

Sevilla, 14 de abril de 1998.- El Director, Juan Luque Alfonso.

VEANSE ANEXOS I Y II EN EDICION IMPRESA DEL BOJA