Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 30/04/1998

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 14 de abril de 1998, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso público cuatro becas predoctorales de investigación financiadas con los fondos del Plan Propio de Investigación 1998.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público cuatro becas predoctorales de investigación financiadas con los fondos del Plan Propio de Investigación 1998.

Objetivo: Formación de Doctores.

Solicitantes: Licenciados, Arquitectos e Ingenieros que bajo la dirección de un doctor de la Universidad de Almería se proponen realizar una tesis doctoral.

Requisitos:

a) El solicitante deberá poseer la nacionalidad española, ser natural de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.

b) El solicitante deberá haber finalizado los estudios de Segundo Ciclo relacionados con su proyecto de investigación con posterioridad al 1 de enero de 1994. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar reconocidos en el momento de solicitar la beca.

c) La calificación media de la titulación del solicitante correspondiente a la beca que solicita deberá ser igual o superior a 2 puntos (notable o superior).

d) El Director del proyecto deberá ser un doctor perteneciente al personal docente e investigador de la Universidad de Almería en situación activa y cuya dedicación sea a tiempo completo. El Director deberá pertenecer también a un grupo del Plan Andaluz de Investigación cuyo responsable pertenezca a la Universidad de Almería.

Carácter de las becas:

a) La dotación de las becas será de 110.000 ptas. brutas mensuales, un seguro de accidentes corporales y de asistencia médica y la exención de las tasas académicas de los cursos de doctorado que se realicen en la Universidad de Almería durante el presente curso académico.

b) Las becas podrán ser renovadas por períodos anuales, sin que su disfrute pueda superar los cuatro años de duración. Como máximo uno de estos períodos será postdoctoral.

c) La concesión de la beca supondrá la incorporación del becario al Departamento y al grupo de investigación del Doctor que dirige su investigación.

d) El disfrute de la beca exige dedicación a tiempo completo. Por tanto, estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Comisión de Investigación de la Universidad de Almería.

e) Los becarios podrán dedicar un máximo de ochenta horas durante el curso académico a la colaboración en actividades docentes relacionadas con su trabajo de investigación previa conformidad de la Comisión de Investigación de la Universidad de Almería y del Departamento implicado, sin que esto suponga ninguna responsabilidad laboral por parte de la Universidad de Almería. Para ello, tendrán que remitir al Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico la solicitud correspondiente que se encontrará en la dirección de Internet indicada en las normas generales del Plan Propio.

f) La concesión y disfrute de la beca no establece relación contractual o estatutaria del beneficiario con la Universidad de Almería, ni implica ninguna obligación de ésta en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla de la Universidad.

g) La Comisión de Investigación podrá conceder la interrupción del disfrute de la beca a petición razonada del interesado, previo informe del director del becario. Sólo en aquellos casos en los que se aprecie fuerza mayor o maternidad se podrá recuperar el período interrumpido, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan. Estas interrupciones no podrán superar los seis meses durante el disfrute de la beca y sus posibles renovaciones.

h) El Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico podrá autorizar a los becarios, previo informe de su director, a realizar estancias en otros centros de investigación para completar su formación investigadora. Para los becarios predoctorales dichas estancias tendrán una duración máxima de tres meses cada año.

Formalización de solicitudes:

a) Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en la Sección Gestión de Investigación de la Universidad de Almería o en la dirección de Internet: http://

www.filabres.ualm.es/Universidad/Vinvest.

b) Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico podrán presentarse en el registro general de la Universidad de Almería o sus registros auxiliares, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/92, de 26 de noviembre).

c) El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 15 de mayo de 1998 y quedará abierto a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

d) Cada solicitante deberá entregar los documentos siguientes debidamente cumplimentados:

1. Solicitud de beca conforme a impreso normalizado, incluyendo una descripción del proyecto de investigación a realizar durante el disfrute de la beca, con la firma del doctor que avala la solicitud.

2. Currículum vitae en un máximo de dos folios.

3. Fotocopia del DNI o equivalente para extranjeros de la Unión Europea, o tarjeta de residente del solicitante, en caso de naturales de otros países.

4. Fotocopia del DNI o pasaporte del director de investigación que avala la solicitud.

5. Justificantes del currículum vitae, según se especifica en el Anexo II de este documento.

Criterios de selección:

a) La selección de las becas se realizará por la Comisión de Investigación en atención al baremo que se adjunta en el Anexo II.

b) Se concederá una beca por cada uno de los grupos de

Departamentos y Areas que se relacionan en el Anexo I.

c) Los grupos de investigación y Areas de conocimiento que a fecha de 1 de mayo de 1998 cuenten entre sus miembros con un becario predoctoral del Plan Propio de Investigación quedan excluidos de esta convocatoria. También quedarán excluidos aquellos Grupos y Areas de conocimiento que obtengan un becario puente en la presente convocatoria del Plan Propio de

Investigación, salvo renuncia de esa beca puente antes de que se produzca la resolución de becas predoctorales.

d) Las renuncias o bajas que se produzcan entre los becarios de nueva concesión antes del 1 de noviembre de 1998 podrán cubrirse, a juicio de la Comisión de Investigación, por los segundos clasificados (o siguientes, si éstos también

renunciaran) de cada grupo.

Obligaciones del becario/a:

a) Presentar un informe anual sobre el desarrollo de la investigación, en el que deberá constar el estado de la misma y la conformidad del tutor/a del becario/a.

b) La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las establecidas para los becarios del Plan Propio de Investigación.

c) La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Almería, 13 de abril de 1998.- El Rector, P.O., El Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico, Emilio González Pradas.

ANEXO I

GRUPOS DE AREAS Y DEPARTAMENTOS PARA LA DISTRIBUCION DE BECAS DEL PLAN PROPIO DE INVESTIGACION

Grupo A.

1. Departamento de Algebra y Análisis Matemático.

2. Departamento de Arquitectura de Computadores y Electrónica.

3. Departamento de Estadística y Matemática Aplicada.

4. Departamento de Ingeniería Rural.

5. Departamento de Lenguajes y Computación.

6. Area de Geometría y Topología.

Grupo B.

1. Departamento de Biología Aplicada.

2. Departamento de Biología Vegetal, Producción Vegetal y Ecología.

3. Departamento de Edafología y Química Agrícola.

4. Departamento de Física Aplicada.

5. Departamento de Hidrogeología y Química Analítica.

6. Departamento de Ingeniería Química.

7. Departamento de Química Física, Bioquímica y Química Inorgánica.

8. Area de Química Orgánica.

Grupo C.

1. Departamento de Ciencias de la Salud y Psicología Clínica.

2. Departamento de Filología Española y Latina.

3. Departamento de Filología Anglogermánica y Francesa.

4. Departamento de Historia, Geografía e Historia del Arte.

5. Departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación.

6. Departamento de Psicología Experimental y Psicobiología.

7. Area de Biblioteconomía y Documentación.

8. Area de Estudios Arabes e Islámicos.

9. Area de Filología Griega.

10. Area de Lingüística General.

11. Area de Teoría de la Literatura.

Grupo D.

1. Departamento de Derecho Privado.

2. Departamento de Derecho Público.

3. Departamento de Didáctica.

4. Departamento de Didáctica de la Expresión Musical, Plástica, Corporal y Educación Física.

5. Departamento de Dirección y Gestión de Empresas.

6. Departamento de Economía Aplicada.

7. Departamento de Filosofía, Metodología, Pedagogía y

Psicología Social.

8. Area de Economía, Sociología y Política Agraria.

9. Area de Sociología.

ANEXO II

BAREMO PARA LA SELECCION DE BECAS DEL PLAN PROPIO DE

INVESTIGACION

1. Expediente académico: (1-4) x 7 puntos.

2. Becas: (0-1,20).

2.1. Si ha disfrutado de una beca de investigación (MEC, Junta Andalucía u homologada): 0,80.

2.2. Si ha disfrutado de una beca de colaboración del MEC: 0,40.

3. Programa de doctorado (1): (0-1,18).

3.1. Por cada crédito obtenido mediante tesina o trabajo de investigación: 0,08.

3.2. Por cada crédito ordinario: 0,02.

4. Estancias de investigación en otros centros (2): (0-1,20).

4.1. Extranjeros. Cada mes: Hasta 0,60.

4.2. Españoles. Cada mes: Hasta 0,40.

5. Actividad investigadora (3): (0-8,4).

5.1. Libros de rango internacional. Cada uno: Hasta 4.

5.2. Libros de rango nacional. Cada uno: Hasta 2.

5.3. Libros de rango regional. Cada uno: Hasta 0,80.

5.4. Artículos y capítulos de libros de rango internacional. Cada uno: Hasta 2.

5.5. Artículos y capítulos de libros de rango nacional. Cada uno: Hasta 1.

5.6. Artículos y capítulos de libros de rango regional. Cada uno: Hasta 0,40

5.7. Actas de congresos de rango internacional. Cada una: Hasta

1,20.

5.8. Actas de congresos de rango nacional. Cada una: Hasta 0,60.

5.9. Actas de congresos de rango regional. Cada una: Hasta 0,24.

5.10. Comunicaciones a congresos de rango internacional. Cada una: Hasta 0,40.

5.11. Comunicaciones a congresos de rango nacional. Cada una: Hasta 0,20.

5.12. Comunicaciones a congresos de rango regional. Cada una: Hasta 0,08.

(1) Número máximo de créditos contabilizables: 32.

(2) Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación académica superior. Se excluyen las estancias Erasmus o similares.

(3) Se excluyen publicaciones de divulgación o de carácter docente, y también aquéllas que no realicen procesos de revisión por expertos. Se contabilizarán los trabajos de investigación publicados o aceptados para su publicación. No se evaluarán las traducciones de libros.

Justificantes del Curriculum vitae.

1. Fotocopia compulsada de la certificación académica oficial en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones

obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las asignaturas constituyen el programa completo de la licenciatura o ingeniería correspondiente.

2. Fotocopia de la credencial de becario.

3. Fotocopia de la certificación académica oficial en la que figuren los créditos superados en el Programa de Doctorado. Debe constar también el número de créditos obtenidos por la

realización de tesina o trabajo de investigación, en su caso.

4. Carta del centro receptor que indique la fecha de realización de la estancia de investigación y los objetivos que se

alcanzaron con esa estancia.

5. a) Libros: Fotocopia de las páginas donde aparezca el titulo, autor/es, ISBN, año de publicación e índice.

b) Capítulos de libros y Actas de congresos: Fotocopia de las páginas donde aparezca el título, autores, ISBN, año de publicación e índice del libro, y fotocopia de la primera página del capítulo o acta.

c) Artículos: Fotocopia de la primera página del artículo y, si fuera necesario, añadir fotocopias que indiquen la revista en que se publicó, el año y el autor.

d) Comunicaciones en Congresos: Fotocopia de la certificación del Comité organizador que indique que ha presentado la comunicación.

e) En los apartados a), b) y c) los justificantes citados podrán sustituirse por cartas de aceptación adecuadas.