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La Comisión de Precios de Andalucía ha revisado el expediente de tarifas de agua potable de la ciudad de Málaga, analizando exclusivamente el suministro domiciliario de agua (agua en baja), no entrando a considerar el estudio y posterior propuesta de aprobación de la tarifa de agua en alta.
Vista la propuesta de revisión de tarifas formuladas por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE MALAGA, S.A. (EMASA). MALAGA
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota variable o de consumo
Consumo doméstico
Bloque I: Hasta 6 m3/mes 24 ptas./m3 Bloque II: Más de 6 m3 hasta 14m3/mes 61 ptas./m3 Bloque III: Más de 14 m3 hasta 25 m3/mes 82 ptas./m3 Bloque IV: Más de 25 m3/mes 153 ptas./m3
Consumo comercial, industrial y otros usos Todos los consumos 82 ptas./m3
Organismos oficiales
Todos los consumos 82 ptas./m3
Cuota fija o de servicio
Calibre del contador en mm Ptas./mes Hasta 15 255
20 453
25 708
30 1.020
40 1.813
50 2.833
65 4.788
80 7.253
100 y siguientes 11.333
Cuota de contratación y reconexión
Calibre del contador en mm
Hasta 7 1.200 ptas. 10 3.000 ptas. 13 4.800 ptas. 15 6.000 ptas. 20 9.000 ptas. 25 12.000 ptas. 30 15.000 ptas. 40 21.000 ptas. 50 27.000 ptas. 65 36.000 ptas. 80 45.000 ptas. 100 57.000 ptas. 150 87.000 ptas. 200 117.000 ptas. 250 147.000 ptas.
Fianzas
Calibre del contador en mm Ptas. Hasta 15 2.000 20 5.000 25 30.000
30 40.000
40 50.000
50 y ss. 100.000
Suministro contra incendios 30.000
Derechos de acometidas:
Parámetro «A¯ = 2.513 ptas./mm (IVA excluido).
Parámetro «B¯ = 8.886 ptas./L/seg. (IVA excluido).
Recargos especiales
Desalinización
Tarifa única 143 ptas./m3
Impulsión
Tarifa única 15 ptas./m3
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 7 de enero de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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