Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 20/06/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ACUERDO de 26 de mayo de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Guadix (Granada) de los Bienes y Derechos necesarios al objeto de llevar a cabo la imposición de una servidumbre de paso para la construcción de un Emisario de Aguas Residuales desde el Sector PP 4 del Polígono Industrial a la Estación Depuradora de Aguas Residuales, en dicha localidad.

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El Ayuntamiento de Guadix (Granada), en sesión celebrada el día 30 de octubre de 1997, acordó solicitar de la Junta de Andalucía la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras determinadas en el proyecto de construcción de un emisario de aguas residuales desde el sector P.P.4 del polígono industrial a la Estación depuradora de aguas residuales (EDAR) a los efectos de imponer sobre los mismos una servidumbre de paso, una vez que los requisitos previos de esta institución, declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación, se entienden implícitos a tenor de lo establecido en los artículos 10 de la Ley de Expropiación Forzosa y 94 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, al tratarse de una obra incluida en el Plan de obras municipales correspondiente al ejercicio de

1998.

La urgencia viene motivada por la apremiante necesidad de poner en marcha la citada Estación depuradora, a fin de eliminar los problemas medio ambientales y de salud pública que se generan con el vertido de aguas residuales sin depurar tanto en el cauce del río Guadix como en algunas tierras de cultivo de la hoya al regarse éstas con acequias que en algún punto recogen aguas residuales, situación que demanda una pronta actuación en salvaguarda de los intereses públicos que se verían desprotegidos de regirse el procedimiento normal de expropiación.

Dado que las circunstancias relacionadas justifican debidamente el empleo de este procedimiento excepcional por parte de la citada Corporación, procede acceder a la solicitud formulada por la misma y declarar en su consecuencia la urgente ocupación pretendida, al entenderse cumplidos los trámites exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, una vez que se han identificado plenamente los bienes que han de ser objeto de ocupación con la aprobación del oportuno proyecto y practicada la información pública mediante la inserción del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 183, de fecha 11 de agosto de 1997, y anuncio en el periódico «Ideal¯ de fecha 8 de octubre de 1997, sin que durante el plazo de exposición se haya presentado reclamación o alegación contra la misma.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de mayo de 1998,

A C U E R D A

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Guadix (Granada) de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el proyecto de construcción de un emisario de aguas residuales desde el P.P.4 del polígono industrial a la Estación depuradora de aguas residuales en dicha localidad, a los efectos de llevar a cabo la imposición de una servidumbre de paso, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de

16 de diciembre de 1954, y cuya descripción es la siguiente:

Finca núm. 1.

Propietario: Victoriano Soto Fernández. Domicilio: C/ Carretera de Almería, núm. 54, Exfiliana. Polígono: 63. Parcela: 177. Clase de terreno: Regadío y regadío-alameda. Superficie afectada por paso de servidumbre: 10 m¯ + 45 m¯. Finca registral 22.828.

Finca núm. 2.

Propietario: Manuel Mesa Moreno. Domicilio: C/ Carretera de Almería, núm. 122. Alcudia de Guadix. Polígono: 63. Parcela:

138 y 139. Clase de terreno: Regadío y regadío-alameda. Superficie afectada por paso de servidumbre: 124 m¯ + 321,64 m¯. Finca registral 21.288.

Finca núm. 3.

Propietario: Antonio Magan Delgado. Domicilio: C/ San Antón, núm. 10. Alcudia de Guadix. Polígono: 63. Parcela: 180. Clase de terreno: Regadío. Superficie afectada por paso de

servidumbre: 91,24 m¯. Finca registral 21.287.

Finca núm. 4.

Propietario: Manuel Rodríguez Baca. Domicilio: C/ San Antón, s/n. Alcudia de Guadix. Polígono: 63. Parcela: 180. Clase de terreno: Regadío. Superficie afectada por paso de servidumbre:

50,82 m¯. Finca registral 8.558.

Finca núm. 5.

Propietario: Francisco Fernández Carmona. Domicilio:

C/ Huerta de la Glorieta. Guadix. Polígono: 63. Parcela: 93. Clase de terreno: Regadío-alameda. Superficie afectada por paso de servidumbre: 224,62 m¯. Finca registral 3.955.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma, y el artículo 109, apartado d), de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a este Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo

110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 26 de mayo de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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