Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 02/07/1998

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Otros. AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA(SEVILLA)

ANUNCIO de bases.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 5 de mayo de 1998, se sirvió aprobar las convocatorias para proveer diversas plazas de Personal Funcionario y de Personal Laboral, integrantes de la Oferta de Empleo Público de 1998, acordando regirlas por las siguientes

BASES GENERALES Y ANEXOS

I. NORMAS GENERALES

Primera. Se convocan para cubrir en propiedad las plazas de este Excmo. Ayuntamiento que figuran en los Anexos de estas Bases Generales.

Estas plazas pertenecen a la plantilla de funcionarios de carrera y personal laboral de esta Corporación y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo de clasificación que igualmente se especifica.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad actualmente vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe le sea de aplicación otro de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.

Segunda. La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y Anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto

781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto; Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

II. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Ser español. Asimismo, podrán ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre.

B) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten al menos diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

E) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente.

F) Estar en posesión o condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los Anexos de esta convocatoria.

G) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los Anexos correspondientes.

Cuarta. Los requisitos establecidos en la base tercera, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los Anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

III. SOLICITUDES

Quinta. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas

selectivas deberán hacerlo constar en instancias que le serán facilitadas por el Departamento de Personal de este

Ayuntamiento, sito en la Plaza de Andalucía, 6, de esta localidad, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y presentada en el Registro General de Documentos de esta Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en dos mil (2.000) pesetas, o en defecto se acompañará el resguardo del giro postal o telegráfico de su abono. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la

publicación de un extracto de estas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntarán a las mismas, en las convocatorias en que figure la fase de Concurso en sus Anexos respectivos, relación detallada de los méritos que los aspirantes aleguen para ser valorados,

referidos siempre a la fecha del plazo de admisión de

instancias.

IV. ADMISION DE LOS CANDIDATOS

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por este

Ayuntamiento, se publicará en el Boletín Oficial de la

Provincia de Sevilla resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso causa de no admisión.

1. Análisis de la Juventud.

2. Problemas más acuciantes de la Juventud.

3. Estudio de la población juvenil.

4. Infraestructura básica de una Delegación de Juventud.

5. Estructuración de las Casas de la Juventud.

6. Funcionamiento de los Centros de Información Juvenil.

7. Tratamiento de la información juvenil.

8. Creación de puntos de información juvenil.

9. Información y difusión de actividades.

10. Funcionamiento de los Centros de Recursos.

11. Diseño de un programa de Juventud.

12. Recursos Humanos necesarios para el funcionamiento de una Delegación de Juventud.

13. Programa anual de actividades de una Delegación de

Juventud.

14. Política Juvenil a aplicar en los pequeños Centros de Población.

15. Juventud y Medio Ambiente.

16. Juventud y Deportes.

17. Juventud y Vivienda.

18. Juventud y Salud.

19. Juventud y Objeción de Conciencia.

20. Juventud y Drogas.

21. Juventud y Música.

22. Juventud y Asociacionismo.

23. Juventud y Empleo.

24. Juventud y Sexualidad.

25. Búsqueda de recursos económicos externos.

26. Administración de recursos propios.

27. Programas Europeos juveniles. Nociones básicas.

28. Elaboración de un organigrama funcional de una Delegación de Juventud.

29. Descripción de una política integral de Juventud.

30. Aplicación de una política integral de Juventud.

31. Consejos de la Juventud. Principios Generales.

32. Competencias Estatales, Autonómicas y Locales en materia de Juventud. Regulación jurídica. Principios Generales.

ANEXO V

Plaza: Coordinador Jefe Grupo Festejos.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Cometidos Especiales.

- Cualificación: Coor. J. Gru. Festejos.

Grupo: D.

Nivel: 16.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, en relación a las funciones propias de la plaza y las materias específicas del temario de la convocatoria.

El ejercicio será leído por los aspirantes en acto público y obligatorio, quedando el Tribunal facultado para dialogar con el aspirante respecto a la resolución dada al supuesto

planteado.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Significado y

estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

4. La Administración Local. Entidades que comprende. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

5. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

6. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Clasificación de los Tributos Locales.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Competencias municipales en materia de Festejos.

2. Competencias provinciales en materias de Festejos.

3. Competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de Festejos.

4. Política municipal en materia de Festejos (I): Ideario, técnica y actividad.

5. Política municipal en materia de Festejos (II): Niveles de planificación.

6. Cultura Popular y Folklore. Concepto.

7. Clasificación de las Fiestas Populares a nivel nacional. Fiestas de Invierno. Fiestas de Primavera. Fiestas de Verano y Otoño.

8. Principales Fiestas Populares en la Comunidad Autónoma Andaluza. Características.

9. Principales Fiestas Populares en la localidad de Los Palacios y Villafranca. Descripción y características.

10. La Semana Santa. Hermandades de Gloria. Hermandades de Penitencia. Consejo General de Hermandades.

11. Gestión de recursos humanos en los servicios de Festejos.

12. El caballo en la Fiesta Popular. Generalidades.

13. Fases de actuación del Coordinador de Festejos: Labores de gestión y coordinación.

14. Cultura y Territorio en la provincia de Sevilla (I): Bajo Guadalquivir, Sierra Norte y Corredor de la Plata.

15. Cultura y Territorio en la provincia de Sevilla (II): La Vega, El Aljarafe y La Campiña.

16. Cultura y Territorio en la provincia de Sevilla (III): Marismas Doñana y Sierra Sur.

ANEXO VI

Plaza: Coordinador Jefe Grupo Deportes.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Cometidos Especiales.

- Cualificación: Coord. Jefe Grupo Deportes.

Grupo: D.

Nivel: 16.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, en relación a las funciones propias de la plaza y las materias específicas del temario de la convocatoria.

El ejercicio será leído por los aspirantes en acto público y obligatorio, quedando el Tribunal facultado para dialogar con el aspirante respecto a la resolución dada al supuesto

planteado.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Significado y

estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

4. La Administración Local. Concepto y entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación jurídica.

5. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

6. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución. El Derecho Tributario. Clasificación de los Tributos Locales.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Ley del Deporte 10/1990, de 15 de octubre. Generalidades y Principios Generales.

2. El Consejo Superior de Deportes. Organización y

competencias.

3. Competencias municipales en materia de Deportes.

4. Asociaciones Deportivas. Generalidades y Principios

Generales.

5. Tipos de Asociaciones.

6. Escuelas Deportivas Municipales.

7. Instalaciones deportivas. Concepto e ideas básicas.

8. Mantenimiento Instalaciones deportivas.

9. Deporte Popular. Generalidades y Principios Generales.

10. Organización de actividades deportivas. Proceso de

planificación.

11. Clasificación de los Deportes.

12. Juegos Deportivos Provinciales.

13. Media Maratón Popular de Los Palacios y Vfca. Organización y normativa.

14. Principales actividades deportivas en Los Palacios y Villafranca. Clasificación y características generales.

15. El deporte en la edad adulta y la Tercera Edad.

16. Actividades físicas en la naturaleza. Clasificación.

CONVOCATORIAS PERSONAL LABORAL FIJO

ANEXO I

Plaza: Ayudante Dirección Radio.

Número: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias del temario que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar las siguientes pruebas prácticas:

- Prueba de redacción: Elaboración de un boletín informativo de cinco minutos de duración.

- Prueba de locución: Lectura del boletín informativo

anterior.

Para la realización de las citadas pruebas los aspirantes dispondrán de una hora máxima de duración.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

T E M A R I O

1. La Constitución española de 1978. Significado y

estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

5. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

6. La producción y realización en Radio.

7. El guión radiofónico.

8. La información según cobertura territoriales. Radio local.

9. Programas informativos en Radio.

10. El mensaje radiofónico.

ANEXO II

Plaza: Oficial Conductor Mecánico.

Número de plazas. Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

Otros requisitos: Estar en posesión del permiso de conducir clase C2.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias del temario que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, relacionados con el contenido de las materias del temario de este Anexo.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

T E M A R I O

1. La Constitución española de 1978. Significado y

estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La Organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

3. La Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

5. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

6. Estructura de vehículos. Chasis y carrocerías. Misión del chasis. Tipos de chasis.

7. Equipo motor y distribución de motores. Grupos funcionales del motor. Elementos que integran cada grupo. Elementos externos. Elementos activos.

8. Mecanismos de alimentación de los motores de gasoil y gasolina. Diferencias entre ellos.

9. Diferencias entre el motor de explosión y el de combustión.

10. Culata. Bloque. Cárter. Caja de cambio. Elementos que lo componen y su relación.

ANEXO III

Plaza: Oficial Fijo.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Reservada a promoción interna: Una.

Los aspirantes que concurran a este turno de promoción interna deberán ser Peones Laborales Fijo de este Ayuntamiento, teniendo una antigüedad de al menos dos años en dicho puesto.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias del temario que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que en el mismo que se indique, relacionados con el contenido de las materias del temario de este Anexo.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

T E M A R I O

1. La Constitución española de 1978. Significado y

estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

5. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. Los bienes patrimoniales.

6. Cementos: Características y clases. Morteros, yesos y cales. Clasificación y aplicaciones.

7. El enlucido de paredes y paramentos. El enlucido fino y grueso. El enlucido con yeso.

8. Ladrillos: Tipos y características. Aparejos: Diferentes tipos más usuales.

9. El solado: Diferentes tipos de solerías. Cimentaciones: tipos.

10. Encofrados. Generalidades. Clasificación. Materiales utilizados.

ANEXO IV

Plaza: Oficial Conductor.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Reservada a promoción interna: Una.

Los aspirantes que concurran a este turno de promoción interna, deberán ser Peones Laborales Fijo de este Ayuntamiento, teniendo al menos una antigüedad de dos años en dicho puesto. Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

Otros requisitos: Estar en posesión del permiso de conducir clase D.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias del temario que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, en relación con el contenido de la plaza.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en la base undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

T E M A R I O

1. La Constitución española de 1978. Significado y

estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La Organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

5. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. Los bienes patrimoniales.

6. El motor de cuatro tiempos. Elementos principales que lo componen.

7. El motor de gasolina. Sus características principales.

8. El motor de gasoil. Sus características principales.

9. El embrague. Elementos que componen el conjunto. Tipos de embrague.

10. Caja de cambio y sus elementos. Diferencial. Elementos que lo componen.

ANEXO V

Plaza: Auxiliar Ayudante Biblioteca.

Número de plazas: Dos.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias del temario que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, en relación con el contenido de la plaza.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en la base undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

T E M A R I O

1. La Constitución española de 1978. Significado y

estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. La Organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

5. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. Los bienes patrimoniales.

6. Bibliografía: Definiciones, objetivos y evolución histórica.

7. Biblioteconomía: El libro y la biblioteca: Concepto y función de los servicios bibliotecarios.

8. Sistemas de clasificación bibliográfica: Concepto. Tipos de sistemas . Estructura y características de la Catalogación Decimal Universal.

9. El Catálogo: Concepto, clases y fines.

10. Legislación bibliotecaria. Idea general. Legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza.

ANEXO VI

Plaza: Peón Vías Públicas.

Número de plazas: Tres.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la exposición oral, durante un período máximo de quince minutos, de una memoria en que el aspirante determine la actuación que a su criterio es propia del puesto de trabajo que aspira a ocupar y realice una definición, planificación y evaluación de las tareas que le pueden ser propia y los medios técnicos a utilizar.

Los aspirantes dispondrán de un período de 5 minutos para elaborarse el esquema de la posterior exposición.

Terminada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante y formular diversas preguntas relacionadas con el diario desempeño de las tareas propias del cargo a que aspira, debiendo contestar a su libre criterio.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, en relación con el contenido de la plaza.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

ANEXO VII

Plaza: Maquinista Barredora.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad.

Otros requisitos: Estar en posesión del permiso de conducir clase B1.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la exposición oral durante un período máximo de quince minutos, de una memoria en que el aspirante determine la actuación que a su criterio es propia del puesto de trabajo que aspira a ocupar y realice una definición, planificación y evaluación de las tareas que le pueden ser propias y los medios técnicos a utilizar.

Los aspirantes dispondrán de un período de 5 minutos para elaborarse el esquema de la posterior exposición.

Terminada la exposición, el tribunal podrá dialogar con el aspirante y formular diversas preguntas relacionadas con el diario desempeño de las tareas propias del cargo a que aspira, debiendo contestar a su libre criterio.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, en relación al contenido de la plaza.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

ANEXO VIII

Plaza: Maquinista Conductor.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación: Certificado de Escolaridad.

Otros requisitos: Estar en posesión del permiso de conducir clase B1.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la exposición oral de una memoria en que el aspirante determine la actuación que a su criterio es propia del puesto de trabajo que aspira a ocupar y realice una definición, planificación y evaluación de las tareas que le pueden ser propias y de los medios técnicos a utilizar.

Los aspirantes dispondrán de un período de 5 minutos para elaborarse el esquema de la posterior exposición.

Terminada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante y formular diversas preguntas relacionadas con el diario desempeño de las tareas propias del cargo a que se aspira, debiendo contestar a su libre criterio.

Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, en relación con el contenido de la plaza.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Los Palacios y Villafranca, 17 de mayo de 1998.- El Alcalde- Presidente, Emilio Amuedo Moral. Séptima. Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a aquél en que se haga pública dicha lista de aspirantes en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

Octava. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas para el ingreso en Cuerpos y Escalas de Funcionarios de Carrera serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o períodos en prácticas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar

documentalmente, a través del Organismo competente, su

condición de minusválido, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33%. La compatibilidad para el desempeño de las plazas a que se opta habrá de acreditarse por el servicio médico que designe el Ayuntamiento.

V. TRIBUNALES

Novena. Los Tribunales calificadores de los ejercicios y méritos de los aspirantes, a que se contraen las distintas convocatorias, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, quedarán

compuestos de la siguiente manera:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía.

Un Técnico o experto designado por el Presidente de la

Corporación.

Un representante de la Junta de Personal del Ayuntamiento. Un representante de la Sección Sindical mayoritaria del Ayuntamiento.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Todos los componentes del Tribunal tendrán voz y voto.

Asimismo, a todos los miembros se le asignará un suplente y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallen previstos en las Bases.

En caso de que no se halle presente el Presidente o su

suplente, asumirá las funciones del mismo el Vocal de mayor edad. El Vocal de menor edad sustituirá al Secretario en caso de ausencia de éste o de su suplente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal respectivo no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes al de las plazas convocadas.

Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a la percepción de asistencia, en la forma y cuantía señaladas en la

legislación vigente.

El Tribunal respectivo, en las pruebas que se consideren convenientes, podrá recabar la colaboración de asesores en la materia de que se trate. Tales asesores actuarán con voz pero sin voto.

VI. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

Décima. El calendario del inicio de las pruebas, hora y lugar de realización, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos

alfabéticamente ordenada, comience por la letra «A¯. Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por la letra del alfabeto

inmediatamente siguiente.

VII. SISTEMA DE CALIFICACION

Undécima. Fase de Oposición. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los

aspirantes, si así lo decide el Tribunal calificador, serán obligatorios, eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez. Se despreciarán las notas máximas y mínimas, eliminándose solamente una de cada una de ellas cuando éstas fueran varias.

La calificación de los ejercicios será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros del Tribunal entre el número de los mismos cuyas calificaciones no hayan sido despreciadas.

Este sistema de calificación general no regirá para aquellas pruebas en cuyos Anexos se establezca otro distinto.

La puntuación total de la fase de oposición será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes aprobados en todos y cada uno de los ejercicios.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Fase de Concurso. En aquellas convocatorias en que así se determine en sus Anexos respectivos, esta fase será como a continuación se indica, salvo que en los Anexos se estableciera una fase de concurso diferente.

Finalizada la fase de Oposición, el Tribunal concederá a los aspirantes que la hayan superado, mediante anuncio en el Tablón de Edictos de la Corporación, un plazo de diez días naturales para que acrediten documentalmente (original o fotocopia compulsada), los méritos alegados en la relación adjunta a su instancia, los cuales serán valorados de conformidad con el siguiente baremo:

1. Cursos y Seminarios. Por la participación en Cursos y Seminarios, impartidos por organismos oficiales, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos hasta 9 horas: 0,10 puntos.

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,75 puntos.

- Cursos de más de 300 horas: 1,00 punto.

2. Prestación de servicios en Administraciones Públicas. Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses prestados en la Administración Local: 0,25 puntos.

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses prestados en otras Administraciones Públicas: 0,10 puntos.

3. Experiencia. La experiencia en las misma áreas de

conocimientos correspondientes a la del puesto solicitado se valorará hasta un máximo de 4 puntos, de la forma siguiente:

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,75 puntos.

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses en la empresa privada: 0,50 puntos.

En ningún caso, la valoración total de los méritos, de

conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores, podrá ser superior al 45% de la puntuación máxima prevista en la fase de Oposición.

El Tribunal sólo podrá valorar aquellos méritos que hayan sido alegados previamente por los aspirantes en la relación

adjuntada a la instancia, en la que solicitan tomar parte en la convocatoria.

- Para los Cursos y Seminarios: Diploma o certificación de asistencia, expedido por Centro u Organismo Oficial.

- Para los servicios prestados en Administraciones Públicas: Certificación expedida por funcionarios competentes.

- Para los servicios prestados en empresas privadas: Contrato de Trabajo y certificado de cotización a la Seguridad Social.

Aquellos méritos, de entre los alegados, que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecidos en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal calificador.

Resuelta esta fase, se publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación el resultado de la misma, detallándose la

puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes que hubiesen superado la fase previa de Oposición.

VIII. PUNTUACION FINAL Y PROPUESTA DE SELECCION

Duodécima. Finalizadas las fases de Oposición y Concurso, el Tribunal hará pública en el Tablón de Edictos de la Corporación la puntuación de los aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios, sumadas a la puntuación de la fase de Concurso, así como la propuesta de nombramientos a favor del aspirante/s, sin que puedan rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Seguidamente el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados a la Presidencia de la Corporación, para su nombramiento.

IX. PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS

Decimotercera. El aspirante o aspirantes propuestos aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en la base duodécima, los documentos

acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los Anexos. El cumplimiento del requisito C) de la base tercera habrá de acreditarse a través del certificado médico correspondiente.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos para ocupar plaza, no podrán ser nombrados o formalizar el correspondiente contrato, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos o personal laboral fijo de este Ayuntamiento estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la

Corporación resolverá el nombramiento o contratación a favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al que sea notificado.

En aquellos casos en que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, no reuniese los requisitos exigidos para ocupar la plaza, o no superase los respectivos cursos de formación, cuando así se establezcan, perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor del aspirante que, habiendo superado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de

calificación.

Decimocuarta. Los aspirantes a funcionarios, además de

superar las pruebas de selección establecidas en la

convocatoria respectiva, deberán superar los cursos de

formación que se determinen para las plazas en que así se indiquen en los Anexos de estas Bases Generales.

De dichos cursos de formación quedarán exentos aquellos aspirantes que acrediten las condiciones que se llegaran a especificar en los Anexos respectivos a dichas plazas.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal calificador que pasen a realizar el curso de formación que se contenga en el Anexo de las convocatorias en que así se determine estarán, en cuanto a su nombramiento, a lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quedando, en cuanto a materia de retribuciones, a lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo previsto en los Anexos de la convocatoria en que así se determinare, perderán el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera.

Quienes no pudieran realizar dicho curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social

sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente

justificada y apreciada por la Administración, podrán

efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Decimoquinta. Los aspirantes a convocatorias de personal laboral quedarán sujetos, desde la formalización de su

respectivo contrato de trabajo, a la normativa laboral, no alcanzando la condición de personal laboral fijo hasta la superación satisfactoria del período de prueba fijado en el Convenio Colectivo para personal laboral fijo.

X. IMPUGNACION

Decimosexta. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta agotan la vía

administrativa, pudiendo poner recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, debiéndose proceder a la comunicación previa de la interposición del citado recurso ante el

Ayuntamiento Pleno, según lo establecido en el art. 110.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y art. 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956. No obstante, podrán utilizarse otros recursos, si lo estiman procedente.

Contra las actuaciones del Tribunal se podrá formular recurso ordinario ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que se haga pública su actuación en el Tablón de Edictos de la Corporación, en los términos previstos en la Ley 30/92.

CONVOCATORIAS PERSONAL FUNCIONARIO

ANEXO I

Plaza: Delineante.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Técnica.

- Clase: Técnicos Auxiliares.

- Cualificación: Delineante.

Grupo: C.

Nivel: 15.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: FP II (Rama Delineación) o equivalente.

FASE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Principios Generales. Reforma de la Constitución.

2. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

3. El Gobierno y la Administración del Estado. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

4. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

5. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

6. La Administración Local. Concepto y entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación jurídica.

7. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución. Clasificación de los Tributos Locales.

8. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Generalidades sobre la normalización de formatos.

2. Reproducción de planos. Maquetado y encarpetado.

3. La representación gráfica a distintas escalas. Métodos de dibujo tradicionales y en sistemas informáticos.

4. Documentación gráfica mínima y exigible que configuran el Proyecto Básico y Proyecto de Ejecución.

5. Reconocimiento de todos los elementos que componen un plano de levantamiento topográfico. Perfiles transversales.

6. Perfil longitudinal. Proceso a seguir para su construcción. Empleo de los mismos.

7. Levantamiento de edificios y terrenos. Tomas de datos en campo y edificaciones. Triangulación, nivelación y acotación. Superficies y medición de volúmenes.

8. Normativas a cumplir en los edificios públicos y privados. Decreto 72/92, sobre Eliminación de Barreras Arquitectónicas.

9. Descripción de los sistemas de representación de las instalaciones generales de un edificio.

10. Descripción de los elementos que componen una red de saneamiento. Representación.

11. Descripción de los elementos que componen una red de abastecimiento. Representación.

12. Descripción de los elementos que componen una red de electricidad en los edificios. Representación.

13. Redes de telefonía. Descripción de los distintos elementos que la componen.

14. Medición de superficies útiles y construidas.

15. Documentación gráfica en los documentos de planeamiento: Planes Generales y Normas Subsidiarias.

16. Documentación gráfica en el Documento de Planeamiento: Planes Parciales, Planes Especiales y Estudios de Detalle.

17. Documentación gráfica en el Documento de Planeamiento: Proyectos de Urbanización.

18. Clasificación de Suelos. Tipos.

19. Evolución histórica Urbanística de Los Palacios y

Villafranca. Tipología de edificación.

20. Zonificación y ordenación del PGOU de Los Palacios y Villafranca.

21. Intervención Municipal del uso del Suelo.

22. Los diferentes estilos arquitectónicos a lo largo de la historia.

23. Cimentaciones. Tipos. Representación.

24. Forjados y estructuras. Tipos. Replanteo. Representación.

25. Albañilería. Cerramientos exteriores y participaciones interiores. La fábrica de ladrillo. Tipos. Representación.

26. Cubiertas. Tipos. Representación.

27. Revestimientos y Solados. Tipos. Representación.

28. Carpintería metálica y de PVC. Sistemas de apertura. Representación.

29. Carpintería de madera. Sistemas de apertura.

Representación.

30. Escaleras. Tipos. Replanteo y construcción. Exteriores e interiores.

31. Elementos de iluminación cenital: Lucernarios, claraboyas. Tipos. Representación.

32. El ordenador personal. Sus componentes fundamentales, periféricos específicos para aplicaciones CAD. La ofimática, tratamientos de textos, hojas de cálculo y bases de datos.

ANEXO II

Plaza: Auxiliar Administrativo Informática.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Técnica.

- Clase: Técnicos Auxiliares.

- Cualificación: Aux. Advo. Informática.

Grupo: D.

Nivel: 15.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Significado y

estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía para Andalucía.

3. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

4. La Administración Local. Concepto y entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación jurídica.

5. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

6. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución. Clasificación de los Tributos Locales.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Introducción a la informática. Definición y origen.

Elementos y conceptos fundamentales.

2. Evolución histórica de la informática. Hechos y personajes. Evolución de la electrónica. Generaciones y tipos de

computadoras.

3. La información y su representación. Sistemas de numeración. Conversión entre sistemas. Representaciones.

4. Unidades funcionales de la computadora. Conceptos y

definiciones.

5. Soportes de información. Conceptos. Medios.

6. Unidades de entrada/salida. Conceptos. Tipos.

7. Redes de transmisión de datos. Conceptos. Tipos.

8. Modos y medios de transmisión de datos. Definiciones y conceptos.

9. Protocolos de comunicaciones. Definiciones y conceptos.

10. Métodos de acceso en redes locales. Definiciones y tipos.

11. Sistemas Operativos. Definición. Evolución. Esquema general.

12. Sistema Operativo UNIX. Conceptos básicos.

13. Organización de los servicios informáticos. Conceptos. Centros de procesos. Sistema informático.

14. Archivos y Bases de datos. Clasificación según uso. Organización de archivos. Modos de acceso. Seguridad y control de datos.

15. Paquetes de Software integrado. Conocimientos básicos. Uniplex II plus, Microsoft Office 97, etc.

16. Entorno de trabajo Windows 3.1, 3.11 y Windows.

Conocimientos básicos.

ANEXO III

Plaza: Cabo Policía Local.

Número de plazas: Una.

Pertenecientes a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Policía Municipal y Aux.

- Cualificación: Cabo Policía Municipal.

Grupo: D.

Nivel: 16.

Sistema de selección: Concurso-Oposición, por promoción interna.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Requisitos de los aspirantes:

a) Nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años de edad, y que no falten más de diez años para la jubilación.

c) Estatura mínima de 1,70 metros para los hombres y 1,65 para las mujeres.

d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

e) Estar en posesión del Título de Graduado Escolar,

FPI grado o equivalente.

f) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas; no obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y

administrativas, si el interesado lo justifica.

g) Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A2 y B2.

h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el punto anterior.

i) Pertenecer a la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca, como funcionario de carrera

perteneciente al grupo «D¯, con la categoría de Agente de la Policía Local, y poseer una antigüedad en la misma de al menos dos años.

j) Carecer en el expediente personal de inscripciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.

El aspirante que apruebe el Concurso-Oposición tendrá que superar con aprovechamiento el Curso de Capacitación, impartido en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el Decreto 196/92, de 24 de noviembre, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Tribunal Calificador. A tenor de lo establecido en el art. del Real Decreto 196/92, el Tribunal estará formado como sigue:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue. Actuará con voz y sin voto.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía, nombrado por la Consejería de Gobernación y Justicia.

Un representante de la Junta de Personal.

El Jefe de Servicio de la Policía Local.

El Delegado de Personal, o miembro de la Corporación en quien delegue.

Un funcionario de carrera designado por el Presidente de la Corporación.

Un representante sindical, designado por la sección sindical mayoritaria del Ayuntamiento.

Todos los Vocales deberán tener igual o superior titulación a la exigida para la plaza objeto de este concurso-oposición.

El Tribunal podrá actuar válidamente cuando concurran cuatro vocales y presidente. En lo no previsto en este Anexo, se estará a lo dispuesto en la base novena de las generales que rigen la presente convocatoria.

FASE CONCURSO

Se realizará conforme al siguiente baremo:

A) Titulaciones Académicas.

- Título de Doctor o estudios universitarios de postgraduado: 3 puntos.

- Licenciatura o Escuela Técnica Superior: 2 puntos.

- Título de Grado Medio o Diplomado Universitario o primer ciclo de licenciatura: 1 punto.

- Selectividad o acceso a la Universidad: 0,5 puntos.

No se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las

titulaciones exigibles para el puesto que se aspira ni las necesarias para obtener la requerida, tampoco se tomarán en consideración más de una ni las superiores en más de un grado a la exigible.

B) Antigüedad.

- Por cada año prestado en la categoría anterior a la que se aspira, de los cuerpos de Policía: 0,15 puntos. Máximo 15 años.

- Por cada año prestado en otros cuerpos y fuerzas de seguridad en la categoría anterior equivalente: 0,10 puntos. Máximo 15 años.

- Por cada año prestado en otros cuerpos de las distintas Administraciones Públicas: 0,05 puntos. Máximo 15 años.

C) Formación.

- Por cursos superados en centros docentes policiales, se valorarán cada 35 horas con 0,15 puntos. Las fracciones con

0,10 puntos.

- Por cursos de interés policial superados en instituciones y escuelas, en función del número de horas de asistencia, estableciéndose por cada 50 horas lectivas 0,10 puntos. Las fracciones con 0,05 puntos.

- En los cursos que solamente se ha obtenido asistencia, se valorarán, respectivamente, en la tercera parte.

- Ser profesor en los cursos anteriores, respectivamente, el quíntuplo de las valoraciones correspondientes.

- Ponencias y publicaciones se valorarán por el Tribunal en función del valor específico e interés policial de las mismas, hasta un máximo de 1 punto.

D) Otros méritos.

- Haber sido recompensado con la medalla al mérito de la policía local de Andalucía:

Categoría Oro: 3 puntos.

Categoría Plata: 2 puntos.

- Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento Pleno, cada una: 0,25 puntos. Máximo 4 felicitaciones.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un test de carácter psicotécnico y una entrevista de igual carácter que evalúen los factores que a continuación se indican:

- Intelectuales: Nivel con cociente de inteligencia general superior a la media de la población española.

- Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal,

razonamiento verbal y espacial, y memoria. Atributos que requieren una puntuación media-alta.

- Características de personalidad: Ausencia de patología. Madurez y estabilidad emocional, motivación personal y social, sociabilidad y flexibilidad. La puntuación requerida será la media, excepto en madurez y estabilidad emocional que deberá ser media-alta.

Cualquier interpretación de los resultados ha de ir

acompañada de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas. Se entiende por media y alta las de la población general de nuestro país.

Se calificará de apto o no apto.

Segundo ejercicio: Pruebas de Aptitud Física. Para la

realización de estas pruebas, los aspirantes deberán entregar al Tribunal un certificado médico en el que se haga constar que aquéllos reúnen las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas. Las pruebas físicas se realizarán por el siguiente orden, y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente:

a) Carrera de velocidad (60 metros): El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos ni clavos en las zapatillas. Dos intentos.

b) Carrera de resistencia sobre 1.000 metros. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. No se admitirán clavos en las zapatillas.

c) Salto de longitud con los pies juntos. El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0,05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo. Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rígidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia delante y caer en el foso.

Puede realizar dos intentos contabilizándose el mejor. El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, estimándose nulo aquél en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Será nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.

d) Lanzamiento de balón medicinal. El aspirante se colocará con los pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza. Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento. Dos intentos.

Invalidaciones:

- Levantar los pies del suelo en su totalidad.

- Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.

Las cuatro pruebas descritas anteriormente se establecen como obligatorias, debiendo superar los aspirantes las mismas para ser considerado apto.

Las marcas que deberán superar los aspirantes, tanto hombres como mujeres, en función de la edad, son las establecidas en la página 840 del BOJA núm. 13, de 6 de febrero de 1993, donde se publica la Orden de 29 de enero de 1993, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Tercer ejercicio: Examen Médico. Los aspirantes que superen los ejercicios anteriores, serán sometidos a reconocimiento médico, siendo declarados aptos o no aptos, en la medida que superen o no el cuadro de exclusiones médicas previsto en la Orden de 29 de enero de 1993 (BOJA núm. 13), de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Cuarto ejercicio: Pruebas de conocimientos. Consistirá en la contestación por escrito de los temas o cuestionarios de preguntas con respuestas alternativas propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuren en el temario de la convocatoria, y la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final será la suma dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas, como mínimo.

T E M A R I O

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

3. Tipología de los Entes Públicos: Las Administraciones Central, Autónoma, Local e Institucional.

4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y

disposiciones generales.

5. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

6. El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

7. Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración Central y con otras comunidades autónomas. La Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

8. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.

9. Los actos administrativos: Concepto y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

10. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Recursos de alzada, reposición, revisión y súplica.

11. La Organización Territorial del Estado: La provincia y el municipio.

12. La Administración Local: Autonomía de los entes locales. Principios constitucionales de la Administración Local.

13. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

14. Potestades de la Administración. Potestad normativa: Reglamentos, ordenanzas, bandos. Competencias de los Entes Locales: Materias en las que pueden asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

15. La Función Pública Local: Concepto. Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Especial referencia a los policías locales. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.

16. La actividad de las Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica 1/89, de coordinación de las policías locales de Andalucía.

17. Ley de Seguridad Vial. El Reglamento de Circulación. Normas generales de circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.

18. La actividad de la policía local como policía

administrativa. La actividad de la policía local en materia de protección civil municipal.

19. Delitos y faltas. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

20. De los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos de la persona reconocidos por las Leyes. Delitos cometidos por particulares y por funcionarios públicos.

21. Delitos de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos. Delitos contra la autoridad y sus agentes.

22. Delitos contra las personas. Delitos contra la propiedad.

23. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

24. Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol.

25. La ciudad. El suburbio. El fenómeno de la urbanización. Población y grupo social.

26. La sociedad de masas. Características.

27. La Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

28. La Ley 1/89, de Coordinación de Policías Locales.

Desarrollo.

29. Etica policial.

La calificación final de los aspirantes que superen las pruebas de conocimientos será la media aritmética de la obtenida en el cuarto ejercicio de la Oposición y, en su caso, de la otorgada en la fase de Concurso.

Presentación de documentos y nombramientos. El aspirante propuesto aportará dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la fecha en que se haga pública la relación de aprobados, los documentos que acrediten cada uno de los requisitos específicos de las bases de esta convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido.

Una vez presentada la documentación por los aspirantes

propuestos, si ésta se halla conforme con estas bases, deberá superar con aprovechamiento un Curso de Capacitación a realizar en la Escuela Pública de Andalucía. Durante la realización del curso, el aspirante será nombrado funcionario en práctica con los derechos y deberes inherentes a esta condición.

Cuando el aspirante no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la escuela, el Ayuntamiento decidirá si da opción a que el aspirante repita el curso siguiente, que, de no superar, supondrá la pérdida de los derechos adquiridos en la fase anterior.

La no incorporación o abandono del curso sólo podrá excusarse por causas involuntarias que lo impidan, debidamente

justificadas y apreciadas por el Alcalde, debiendo el

interesado incorporarse al primer curso que se celebre una vez desaparecidas tales circunstancias.

Concluido el proceso selectivo, y finalizado el Curso de Capacitación con aprovechamiento, el aspirante será nombrado funcionario de carrera, debiendo tomar posesión en el plazo de

30 días contados a partir de aquél en que le sea notificado el nombramiento. Si no tomase posesión en el plazo indicado, se entenderá que renuncia a su condición de funcionario.

ANEXO IV

Plaza: Jefe Grupo Juventud.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Cometidos Especiales.

- Cualificación: Jefe Grupo Juventud.

Grupo: C.

Nivel: 16.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

C. Específico: El establecido en la VPT.

Titulación exigida: Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

FASE DE CONCURSO

Se efectuará conforme a lo dispuesto en la base undécima de las generales que rigen la convocatoria.

FASE DE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar por escrito, en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, en relación con las funciones propias de la plaza y las materias específicas del temario de la convocatoria.

El ejercicio será leído por los aspirantes en acto público y obligatorio, quedando el Tribunal facultado para dialogar con el aspirante respecto a la resolución dada al supuesto

planteado.

Tanto la fase de concurso como la de oposición se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las generales que rigen la convocatoria.

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Principios Generales. Reforma de la Constitución.

2. Organización Territorial del Estado. Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

4. El Gobierno y la Administración del Estado. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

5. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

6. La Administración Local. Concepto y entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación jurídica.

7. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución. Clasificación de los Tributos Locales.

8. El Municipio: Su concepto y elementos. Organización

municipal. Competencias. El Alcalde: Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

MATERIAS ESPECIFICAS

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