Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 04/07/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 119/1998, de 9 de junio, por el que se autoriza al Ayuntamiento de San Silvestre de Guzmán (Huelva), para adoptar su escudo heráldico y bandera municipales.

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El Ilmo. Ayuntamiento de San Silvestre de Guzmán (Huelva) ha estimado oportuno adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, a fin de perpetuar los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 1996, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 11 de 25 de enero de 1997, lo elevó a la entonces Consejería de Gobernación para su aprobación definitiva.

Solicitado informe a la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes no lo emitió en el plazo de 2 meses dispuesto en el artículo 2, apartado 4, del Decreto 14/1995, de

31 de enero, entendiéndose por tanto favorable a la propuesta de escudo heráldico y bandera municipales.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7, del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y del artículo

26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de junio de 1998.

D I S P O N G O

Primero. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de San Silvestre de Guzmán (Huelva) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo español. Medio cortado y partido. Primero, de plata una banda de sable y en orla y brochante sobre el todo una cadena de oro de ocho eslabones, por Zúñiga. Segundo, de azur dos calderas puestas en palo jaqueladas de oro y gules y gringoladas de siete sierpes de sinople en cada asa, por Guzmán. Tercero, de sinople tres encinas de plata puestas en faja sumadas a ondas de planta y de azur. Al timbre, corona real cerrada.

Bandera en la proporción de 11 por 18 compuesta por cinco franjas paralelas entre sí y perpendiculares al asta, la primera azul de 1/3 de la anchura, la segunda y cuarta, blancas, de 1/9 de la anchura, la tercera amarilla, de 2/9 de la anchura, y la quinta, roja, de 1/3 de la anchura. Centrado y sobrepuesto el escudo de armas local.

Segundo. El presente Decreto producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a este Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de junio de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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