Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 04/07/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 121/1998, de 9 de junio, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Olvera (Cádiz) para adoptar su bandera municipal.

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El Ilmo. Ayuntamiento de Olvera (Cádiz) ha estimado oportuno adoptar su bandera municipal a fin de perpetuar en ella los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de julio de 1997, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 135, de 20 de noviembre de 1997, lo elevó a la Consejería de Gobernación y Justicia para su aprobación definitiva.

Solicitado informe a la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes, no lo emitió en el plazo de 2 meses dispuesto en el artículo 2, apartado 4, del Decreto 14/1995, de

31 de enero, entendiéndose, por tanto, favorable a la propuesta de escudo heráldico y bandera municipales.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7, del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y del artículo

26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de junio de 1998

D I S P O N G O

Artículo primero. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de Olvera (Cádiz) para adoptar su bandera municipal, que quedará organizada en la forma siguiente:

Bandera rectangular, apaisada, en proporción 11 x 18, compuesta de tres franjas verticales, de igual anchura cada una de ellas, paralelas al asta, que será de madera pintada de color blanco. La primera franja de color celeste; la segunda o central de color blanco y la tercera de color verde. Centrado y sobrepuesto a la franja de color blanco irá el escudo municipal con corona real abierta y la inscripción «de mí sale la paz¯.

Artículo segundo. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a este Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de junio de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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