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El Decreto 204/95, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su art. que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos o privados que se presenten para ser tramitados al órgano del cual dependa el Registro corresponderá a las jefaturas de sección u órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos; de no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la Secretaría General, bajo cuya responsabilidad se gestione la fusión del Registro General de Documentos.
Con objeto de conseguir una mayor celeridad administrativa y en virtud de lo dispuesto en el art. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega la competencia para la compulsa de documentos, prevista en el citado art. del Decreto 204/95, de 29 de agosto, en el personal que desempeña los siguientes puestos:
Código: 850032.
Denominación: Negociado de Régimen Interior.
Código: 405804.
Denominación: Auxiliar Administrativo (3).
Almería, 5 de junio de 1998.- El Secretario General, José López García.
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