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La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 14 de mayo de 1998 (BOJA núm. 61, de 2 de junio), por la que se regulan las ayudas para fomentar en el olivar el empleo de métodos de producción compatibles con las exigencias de protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural, establece en la Disposición Transitoria Unica la convocatoria para 1998 para este régimen de ayudas.
Al ser éste el primer año de aplicación de este Programa Agroambiental, y dadas las expectativas creadas por este régimen de ayudas en un momento especialmente sensible para el sector olivarero andaluz, se hace necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes para 1998.
Por todo ello, en virtud del artículo 19 de la Orden de 14 de mayo de 1998 y de acuerdo a las facultades que me confiere la Disposición Final Primera de la misma, para adoptar las medidas necesarias para la ejecución y el cumplimiento de lo dispuesto en ella,
R E S U E L V O
Ampliar hasta el 10 de agosto de 1998 el plazo para la presentación de solicitudes correspondiente a la campaña de
1998 de las ayudas para fomentar en el olivar el empleo de métodos de producción compatibles con las exigencias de protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural, reguladas en la Orden de 14 de mayo de 1998.
Sevilla, 7 de julio de 1998.- El Director, Félix Martínez Aljama.
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