Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 16/07/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 24 de junio de 1998, por la que se modifica la de 22 de septiembre de 1995, por la que se delegan en el Secretario General Técnico, Directores Generales y Delegados Provinciales de la Consejería competencias en diversas materias.

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La Orden de 22 de septiembre de 1995 de esta Consejería delegó el ejercicio de determinadas competencias en diversas materias en favor de los distintos órganos directivos existentes en la misma en el momento, con el fin de conseguir la mayor celeridad y eficacia en la resolución de los expedientes administrativos, y al amparo de lo previsto con carácter general en los artículos 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de forma más concreta para ciertas facultades, en el artículo 50.3 de la Ley

5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma.

Posteriormente, el Decreto 445/1996, de 24 de septiembre, ha reestructurado orgánicamente la Consejería de Obras Públicas y Transportes creando, junto a los órganos directivos configurados bien inicialmente bien en las sucesivas modificaciones, la Secretaría General de Planificación a la que se encomienda, entre otras funciones, la coordinación general de la planificación de las actuaciones en materias de la competencia de la Consejería en los distintos ámbitos, la gestión de las funciones de información y documentación, la auditoría interna y superior inspección de obras y servicios, y el control de calidad de las actuaciones de la Consejería.

Finalmente el Decreto 237/1997, de 15 de octubre, configura la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Secretaría General de Planificación, dotándola de los medios necesarios para la realización de las funciones encomendadas.

Por todo ello, y como consecuencia de esta modificación en la distribución funcional y orgánica de la Consejería, resulta necesario introducir en la Orden citada las oportunas modificaciones, en aras de una mayor claridad en la gestión de las correspondientes competencias administrativas.

En su virtud, y en el ejercicio de las facultades legalmente atribuidas,

DISPONGO

Primero. Delegación de competencias.

Se modifica la Orden de 22 de septiembre de 1995, por la que se delegan en el Secretario General Técnico, Directores Generales y Delegados Provinciales de la Consejería competencias en diversas materias, en el sentido de incluir en su título, y en las disposiciones Primera, 1 y Segunda, 2, al Secretario General de Planificación entre los órganos directivos de la Consejería en favor de los cuales se realiza la delegación del ejercicio de competencias en materia de contratación administrativa y gestión económica y presupuestaria a que los mismos se refieren.

Segundo. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 24 de junio de 1998

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General de Planificación, Secretario General Técnico, Directores Generales y Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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