Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 21/7/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 19 de junio de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se modifica la clasificación de los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención existentes en la Mancomunidad de la Comarca de Estepa (Sevilla).

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Mediante Resolución de la entonces Dirección General de Administración Local y Justicia de 18 de diciembre de 1995, se procedió a clasificar en la Mancomunidad de la Comarca de Estepa los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, como Secretaría e Intervención de clase primera y a crear el puesto de trabajo de Tesorería.

Posteriormente, la Mancomunidad anteriormente indicada ha adoptado, en sesión celebrada el día 12 de junio de 1998, el acuerdo relativo a la solicitud de modificación de la clasificación de los puestos de Secretaría e Intervención en clase segunda, en atención al escaso número de servicios que en la actualidad presta, así como la supresión del puesto de trabajo de Tesorería, que pasará a ser desempeñado por funcionario propio de la misma.

Vista la petición formulada por el respectivo Ayuntamiento, y de conformidad con lo establecido en el artículo 165 del Real Decreto Legislativo 781/1982, de 18 de abril; 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto

467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de

29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, esta Dirección General ha resuelto:

Se modifica la clasificación de los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención, existentes en la Mancomunidad de la Comarca de Estepa, perteneciente a la provincia de Sevilla, actualmente de clase primera a clase segunda, y se suprime el puesto de trabajo de Tesorería, en cuanto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma, y el art. 109, apartado d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el art. 110.3 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 19 de junio de 1998.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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