Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 28/07/1998

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BERJA

ANUNCIO de bases.

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El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 1998, aprobó la Convocatoria de una plaza de Cabo de la Policía Local, con arreglo a las siguientes:

BASES QUE HABRAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ESCALA DE ADMINISTRACION ESPECIAL, SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES, CLASE CABO DE LA POLICIA LOCAL, GRUPO DE CLASIFICACION D, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION, POR PROMOCION INTERNA

1º.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición, por promoción interna, de una plaza vacante en la Plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, de conformidad con la oferta de empleo público, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 6 de octubre de 1997y publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 296 de 11 de diciembre de 1997 perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Categoría Cabo, denominación Cabo de la Policía Local.

1.2. La plaza citada adscrita a la Escala Básica, conforme determina el art. 14 de la Ley 1/1989, de 8 de Mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadran en el Grupo D del Artículo 25 de la Ley 30/1984 de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2º.- LEGISLACION APLICABLE.

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley

1/1989de 8 de mayo, de Coordinación de la Policías Locales de Andalucía, Decreto 196/1992 de 24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, orden de 29 de enero de 1993 de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categoría de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto

364/1995, de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General de Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991

7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

3º.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Berja, 23 de junio de 1998.- El Alcalde, Manuel Ceba Pleguezuelos.

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