Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 06/08/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 6 de julio de 1998, por la que se convoca el V Premio de Andalucía al Fomento de la Investigación Científica y Técnica.

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La Consejería de Educación y Ciencia, consciente de la necesidad de crear incentivos para la Investigación Científica y Técnica, deseando, asimismo, alentar a las Instituciones, Organismos y Empresas de carácter público y privado al fomento de dicha Investigación, y atendiendo a las amplias perspectivas del futuro científico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha considerado oportuno convocar públicamente Premios que valoren el apoyo al fomento de la Investigación.

La calidad de la Investigación está en consonancia con las personas y equipos responsables de ella, así como con las Instituciones, Organismos y Empresas que la fomentan. Por ello la Consejería de Educación y Ciencia, como una actuación más de apoyo a la Investigación Científica y al Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía,

HA RESUELTO

Artículo primero. Convocar el V Premio Andalucía al fomento de la Investigación Científica y Técnica, al que podrán optar aquellas Instituciones, Organismos y Empresas de carácter público o privado que de forma destacada hayan contribuido al fomento de la Investigación en nuestra Comunidad Autónoma.

Artículo segundo. Dotar al Premio Andalucía al fomento de la Investigación Científica y Técnica con 250.000 pesetas y una Placa acreditativa.

Artículo tercero. 3.1. Los candidatos al Premio han de ser presentados por las Universidades, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los Organismos Públicos de Investigación de ámbito andaluz, las Academias de Andalucía, y las Consejerías de la Junta de Andalucía.

3.2. Asimismo, podrán presentar candidatos las Instituciones, Organismos y Empresas premiados en convocatorias anteriores, siempre que lo hagan de forma conjunta con los Entes Públicos citados en el punto anterior.

Artículo cuarto. 4.1. La presentación de los candidatos deberá realizarse ante la Consejería de Educación y Ciencia.

4.2. En dicha presentación se especificará el nombre de la Institución, Organismo o Empresa propuesto como candidato al Premio, acompañado de los criterios de valoración en los que el proponente justifique el motivo de la propuesta y un informe sobre la labor científica desarrollada por los candidatos.

4.3. El plazo de presentación de candidatos comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 30 de septiembre de 1998.

Artículo quinto. El Premio se concederá al candidato que, a juicio del Jurado de Selección, haya contribuido, a lo largo del tiempo y de forma destacada, al desarrollo Tecnológico y Científico Andaluz.

Artículo sexto. 6.1. El Jurado será nombrado por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia.

6.2. El Fallo del Jurado será inapelable, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 106 de la C.E., en las normas jurídicas vigentes al efecto y demás elementos de enjuiciamiento determinados por la Jurisprudencia.

6.3. El Premio podrá declararse desierto.

Artículo séptimo. Se autoriza a la Dirección General de Universidades e Investigación para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de la presente Orden.

Artículo octavo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 6 de julio de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia