Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 11/08/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 7 de julio de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se adscribe en comisión de servicios a don Antonio Espínola Rodríguez, Secretario del Ayuntamiento de Bédmar y Garcíez (Jaén), al puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Chimeneas (Granada).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Chimeneas (Granada), según acuerdo adoptado el día 3 de junio de 1998, por el que se solicita la adscripción temporal en comisión de servicios al puesto de trabajo de Secretaría de la citada Corporación de don Antonio Espínola Rodríguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, NRP

24158207/35/A3015, así como la conformidad del Ayuntamiento de Bédmar y Garcíez (Jaén), manifestada en el acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 25 de junio de 1998, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto 1732/1994, de

29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asigna a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Conferir la adscripción en comisión de servicios de don Antonio Espínola Rodríguez, NRP 24158207/35/A3015, actual Secretario titular del Ayuntamiento de Bédmar y Garcíez (Jaén), al puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Chimeneas (Granada), durante el período de tiempo de un año, corriendo a cargo de este último el pago de las remuneraciones debidas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma, y el artículo 109, apartado d), de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 7 de julio de 1998.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.

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