Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 18/9/1999

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Consejería de Trabajo e Industria

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, sobre notificación de Resolución de recurso ordinario expediente de reclamación núm. 7772/ 97.

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«Visto el recurso ordinario interpuesto por don Francisco Holgado Palacios, contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Sevilla, de fecha 21 de octubre de 1997, dictada en el expediente de reclamación

7772/97.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que con fecha 23-4-97 se presentó por el ahora recurrente solicitud de verificación del contador emplazado en el local núm. 6 de Residencial Adrián, sito en C/ Japón, de la localidad de Sevilla.

Segundo. Que realizada la verificación del contador, y a la vista del informe correspondiente, con fecha 21-10-97 fue dictada la Resolución más arriba indicada, en la que se acordó rehacer la facturación, teniendo en cuenta que el error detectado en el contador era superior al máximo permitido por el Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua.

Tercero. Que contra dicha Resolución se interpuso recurso ordinario, de fecha 16-1-98, en el que el recurrente, interpretando de forma contraria el sentido de la Resolución impugnada, solicita se acuerde refacturación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Consejería de Trabajo e Industria es competente para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en el art. 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículo 39.8º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Decreto del Presidente

132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de Consejería de Trabajo e Industria, habiendo sido observadas en la tramitación las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.

Segundo. La Resolución impugnada acordó rehacer la facturación teniendo en cuenta que el error detectado era superior al máximo permitido por el art. 34.a) del Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua, aprobado mediante Decreto

120/1991, de 11 de junio. Sin embargo, el recurrente equivocó el sentido de la misma, pensando que lo en ella establecido era "no rehacer la facturación", cuando precisamente, y a la vista de la Resolución dictada, lo ordenado era lo contrario. Por tanto, la incongruencia de solicitar, en este caso, la rectificación de una Resolución que le es favorable en su totalidad al recurrente, determina que deba declararse la inadmisión de dicho recurso en aplicación de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, confirmando la Resolución dictada por la Delegación Provincial más arriba mencionada.

Vistos los preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación, esta Consejería de Trabajo e Industria

R E S U E L V E

Declarar la inadmisión del recurso ordinario interpuesto por don Francisco Holgado Palacios, contra la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Sevilla, de fecha referenciada, confirmando la misma en todos sus términos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo

establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa. Sevilla, a 29 de junio de 1999. El Consejero de Trabajo e Industria, P.O. (Orden de 8 de julio de 1996, BOJA

87, de 30-7-1996), El Viceconsejero. Fdo.: Antonio Fernández García¯.

Y ello para que sirva de notificación a don Francisco Holgado Palacios, al no haberse podido llevar a cabo en el domicilio constante en el expediente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 1 de septiembre de 1999.- La Delegada, Mª José Fernández Muñoz.

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