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Vista la petición formulada por la Presidencia del Ayuntamiento de Orgiva (Granada), mediante Acuerdo Plenario de fecha 22 de septiembre de 1999, por la que se solicita se deje sin efecto el nombramiento en régimen de acumulación efectuado a favor de don Gustavo García-Villanova Zurita, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 29 de marzo de 1999, a instancia del propio interesado, de conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 37 del Real Decreto
1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Esta Dirección General ha resuelto:
Dejar sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Orgiva (Granada) a favor de don Gustavo García-Villanova Zurita, NRP
24298071/02/A3015, Secretario del Ayuntamiento de Cenes de la Vega (Granada).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de octubre de 1999.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.