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En fecha 8 de octubre de 1999 se ha dictado la siguiente Resolución de la Dirección General de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud:
«RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL Y SERVICIOS DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, POR LA QUE SE ACUERDA LA REMISION DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO REQUERIDO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NUM. 2 DE SEVILLA EN EL RECURSO NUM. 797/99, INTERPUESTO POR DOÑA ESPERANZA ORTEGA GARCIA
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. 2 de Sevilla se ha efectuado requerimiento para que se aportase el expediente administrativo correspondiente al recurso núm.
797/99, interpuesto por doña Esperanza Ortega García contra la Resolución de 3 de noviembre de 1998, del Servicio Andaluz de Salud, publicada en BOJA de fecha 10 de noviembre de 1998, por la que se publica Resolución definitiva de la convocatoria para la provisión de plazas básicas vacantes de Diplomados Universitarios de Enfermería de los Distritos Sanitarios de Atención Primaria y Areas dependientes del Organismo mediante concurso de traslado.
De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran.
Emplácese a cuantos aparecen como interesados en dicho expediente, para que puedan personarse ante el órgano jurisdiccional como demandados. Sevilla, a 8 de octubre de
1999, El Director General de Personal y Servicios. Fdo.: Tomás Aguirre Copano¯.
Por dicho órgano judicial se señala para la celebración de vista el próximo día 11 de enero de 2000, a las 12,00 horas.
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso- administrativo número 797/99.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados puedan comparecer y personarse en el día señalado ante este Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o sólo con Abogado con poder al efecto. Haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Sevilla, 8 de octubre de 1999.- El Director General de Personal y Servicios, Tomás Aguirre Copano.