Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 06/02/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

ACUERDO de 10 de diciembre de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el gasto de la Consejería de Trabajo e Industria para la concesión de una subvención de carácter excepcional a la empresa Puleva, SA.

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La empresa Puleva, S.A., dedicada a la actividad de producción y elaboración de leche y productos lácteos, con presencia de sus productos a nivel nacional, tiene sus actividades desarrolladas en centros productivos ubicados, dentro de nuestra Comunidad Autónoma, en las localidades de Jerez de la Frontera, Granada, Córdoba, Málaga y Sevilla.

La referida empresa atravesó una grave crisis debido a un excesivo dimensionamiento de plantilla y a la acumulación de pérdidas, que provocó problemas económicos-financieros.

Esta grave situación llevó a la empresa Puleva, S.A., a solicitar autorización para presentar un expediente de despido colectivo que afectó a diversos centros de trabajo pertenecientes a distintas Comunidades Autónomas dentro del territorio nacional, siendo la Comunidad más afectada Andalucía.

Para paliar esta situación, y en defensa de los intereses de los trabajadores, se constituyó la comisión negociadora del plan de viabilidad y del expediente de despido colectivo, en el que se encontraban representados los propios trabajadores a través de los Comités de Empresa y Delegados de Personal de los distintos centros de trabajo ubicados en nuestra Comunidad Autónoma.

Durante el período de negociaciones se le expone a la empresa Puleva, S.A., la necesidad de que aceptara un plan de jubilaciones anticipadas para trabajadores.

La opción por parte de Puleva, S.A., de aceptar un sistema de prejubilación lo más favorable posible y que acogiera el máximo de trabajadores, fue causa determinante para cerrar el período de consultas con acta de acuerdo que puso fin a la negociación del expediente de despido colectivo.

La Consejería de Trabajo e Industria, haciendo uso de las competencias encomendadas, en virtud del Decreto 316/1996, de 2 de julio, aprobó el plan de viabilidad del expediente de despido colectivo, con el compromiso de subvencionar parte del coste económico del plan de jubilaciones pactado en favor de los trabajadores, quienes percibieron las ayudas.

El Título VIII de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, introducido por la Ley de Presupuestos para 1996 y dedicado a regular las subvenciones y ayudas públicas, en el artículo 107 establece, frente al procedimiento común para su otorgamiento, sujeto a los principios de publicidad, libre concurrencia y objetividad y con base en las normas específicas reguladoras para su concesión, que excepcionalmente y en supuestos especiales, se podrán conceder subvenciones, debiéndose acreditar la finalidad pública o interés social o económico que la justifique.

De esta forma el precitado artículo contiene la habilitación legal que posibilita la concesión de subvenciones de forma excepcional al margen del procedimiento ordinario.

En base al referido artículo 107 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Consejería de Trabajo e Industria llevará a cabo este Acuerdo a través de la concesión de una subvención con carácter excepcional, por importe de mil millones (1.000.000.000 de ptas.), cuya finalidad es la de sufragar en parte el coste económico del plan de jubilaciones anticipadas, llevado a cabo como medida de regulación de empleo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 104 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, es necesario el Acuerdo del Consejo de Gobierno para autorizar la concesión de subvenciones cuando el gasto sea superior a 500 millones de pesetas.

Vistas las disposiciones legales citadas y demás de general aplicación, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Trabajo e Industria, en su reunión del día 10 de diciembre de 1998, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Autorizar la concesión de la subvención con carácter excepcional de mil millones de pesetas (1.000.000.000 de ptas.) a la empresa Puleva, S.A., con objeto de sufragar parte del coste económico del plan de prejubilaciones, como medida de regulación de empleo.

Segundo. Se faculta al Consejero de Trabajo e Industria para dictar cuantas disposiciones fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.

Sevilla, 10 de diciembre de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO

Consejero de Trabajo e Industria

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