Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 06/02/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 280/1998, de 22 de diciembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ayuntamiento de Baza (Granada) de un inmueble sito en la Carretera de Granada, s/n, de la citada localidad, con destino a Oficina Comarcal Agraria, y se adscribe a la Consejería de Agricultura y Pesca.

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Por el Ayuntamiento de Baza (Granada) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un inmueble, ubicado en la Carretera de Granada, s/n, de dicho municipio, con destino a la instalación de la Oficina Comarcal Agraria, según Convenio de Cooperación suscrito el 5 de julio de 1991.

Por la Consejería de Agricultura y Pesca se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá concentrar en un edificio adecuado las distintas funciones y servicios que presta la Delegación Provincial a la comarca.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de diciembre de 1998.

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Baza (Granada) del siguiente inmueble:

Edificio, aún sin numerar, situado en la Carretera de Granada, en esta ciudad de Baza. Ocupa una superficie de 240 m¯, de la que corresponden 203,2 m¯ a la edificación, la cual tiene una superficie construida, entre sus cuatro plantas, de

760,93 m¯, y los restantes 36,98 m¯ al terreno destinado a jardín y accesos. Linda: Derecha entrando, casa propiedad de Carmen Peralta y Dolores Vico; izquierda, Juzgados; espalda, finca de José Manuel Santaolalla Morales; y, al frente, la carretera de Granada.

Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Baza, a favor de dicho Ayuntamiento, al folio 194 del libro 264 de Baza, tomo

784 del archivo, finca 8.373.

Segundo. De acuerdo con el artículo 14 de la citada Ley, el inmueble deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad, quedando adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, con destino a Oficina Comarcal Agraria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 22 de diciembre de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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