Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 16/02/1999

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 8 de febrero de 1999, de la Universidad de Almería, por la que se convocan a concurso público diez becas financiadas con los fondos del convenio suscrito con la Plataforma Solar de Almería.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público diez becas relacionadas en el Anexo I de esta Resolución financiadas con los fondos del convenio suscrito entre la Plataforma Solar de Almería y la Universidad de Almería.

Solicitantes: Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca. El resto de requisitos se contemplan en el Anexo I.

Dotación de la beca: La beca comprende una asignación mensual de 150.000 ptas., para las becas de doctorado y de 90.000 ptas., para las de empresa y un seguro combinado de accidentes individuales y asistencia sanitaria. Serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico, en el caso de becas a tiempo completo.

Duración de la beca: Ver Anexo I.

Carácter de las becas: La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad de Almería o cualquier otra de las instituciones firmantes del convenio y su disfrute exige dedicación exclusiva.

Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI.

- Original o fotocopia compulsada del expediente académico.

- Currículum vitae (no se valorará aquello que no esté debidamente acreditado).

Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión Evaluadora de Solicitudes que estará compuesta por:

Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

- Dos representantes de la UAL.

- Dos miembros del CIEMAT.

- Dos miembros del DLR.

- La Jefa de la Unidad Gestión de Investigación que actuará como Secretaria.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos, siguiendo el baremo que se haya expuesto en el tablón de anuncios de la Sección Gestión de Investigación, pudiendo citar a los candidatos a una entrevista personal. La resolución de las becas se publicará en el citado tablón de anuncios.

Si en un plazo de tiempo inferior a dos meses, contados a partir de la resolución de la presente convocatoria, se produjera la vacante o renuncia de una beca se sustituirá por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Becas.

Obligaciones del becario/a:

1. La aceptación de la beca por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el tutor/a de la beca, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y en la Plataforma Solar de Almería y Resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de éstas y del Convenio establecido entre las instituciones firmantes.

2. Será obligación del becario/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico para cualquier cambio de centro, director, proyecto de investigación o interrupción razonada de la beca, previo informe del tutor/a, así como informar de la renuncia de la misma.

3. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Almería, 8 de febrero de 1999.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

El comienzo de disfrute de las becas será del 1 de marzo de

1999, excepto los proyectos que a continuación se relacionan cuyo comienzo de disfrute será el siguiente:

Proyecto con referencia núm. 4: 16 de abril de 1999.

Proyecto con referencia núm. 5: 1 de junio de 1999.

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