Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 18/02/1999

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Otros. AYUNTAMIENTO DE GRANADA

EDICTO. (PP. 3926/98).

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El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada hace saber:

Que el Pleno Municipal, en sesión celebrada el pasado día veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y ocho, adoptó acuerdo por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del PGOU de referencia, cuyo tenor literal es el que sigue:

«Se presenta a Pleno expediente núm. 6.063/97 del Area de Planificación Urbanística relativo a aprobación definitiva de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana para transformación del Uso Global de la Sub-Zona Industrial del Sector 13. Sanders, que fue aprobada inicialmente por acuerdo plenario de fecha 31 de octubre de 1997 y cumplidos los trámites de información pública se aprobó provisionalmente por acuerdo de fecha 30 de enero de 1998.

Aceptando dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Planificación Urbanística y Obras Municipales, de fecha 13 de abril de 1998, visto informe favorable emitido por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en base a informe propuesto del Arquitecto Jefe del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio, conformado por Secretaría General, e informes técnicos emitidos, en concordancia con lo que establece el artículo único de la Ley

1/97 de la Comunidad Autónoma Andaluza, que aprueba para el ámbito de la Comunidad el contenido del artículo 114 de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 26 de junio de 1992, y artículos 12 y 22 del Decreto 77/1994 de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento Pleno acuerda por unanimidad y, por tanto, con el quórum de la mayoría absoluta legal:

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana para Transformación de Uso Global de la Sub-Zona Industrial del Sector 13 Sanders, por delegación de competencia operada por Orden de 30-11-94 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 198, de fecha 15-12-94) a este Ayuntamiento, según el artículo 22 del Decreto 77/94, debiendo comunicarse al órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Junta de Andalucía¯.

Por lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo

124 del Real Decreto Legislativo 1/92, de 26 de junio, se hace público para general conocimiento, pudiéndose interponer contra el anterior acuerdo, que no es definitivo en vía administrativa, recurso ordinario en el plazo de un mes ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Granada, 6 de noviembre de 1998.- El Alcalde, P.D.

6. Propuesta de modificación.

«La propuesta de Modificación Puntual supone la transformación del Uso Global de la Subzona Industrial del Sector I-13 del Suelo Urbanizable Programado, y la Transformación del Uso pormenorizado del Enclave Urbano, manteniendo la Clasificación de Suelo Urbano asignada.

6.1. Asignación de uso global.

La Modificación Puntual propone la transformación del Uso Global de la Subzona ID. del Plan Parcial I-13 de zona Industrial a Residencial en Ordenación Libre.

Aprovechamiento asignado. De acuerdo con el Aprovechamiento del Resto del Suelo Urbanizable. El Aprovechamiento es de 0,378 U.A./m. De los cuales corresponde a los propietarios el 85%.

En la Modificación del Plan Parcial P-13 se estará a lo dispuesto en la Normativa del PGOU y en Convenio suscrito entre la Junta de Compensación y el Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 28 de junio de 1996.

6.2. Asignación de Usos Pormenorizados.

El Uso Pormenorizado de Partida es el de Industria Singular Urbana. En aplicación de las condiciones de transformación previstas en la Normativa 4-3-6 se propone la transformación del Uso de la Unidad Básica a Residencial en Manzana Cerrada con patio de Manzana con las siguientes determinaciones:

Aprovechamiento Normal: 4.365 U.A.

Aprov. Aceptable Apropiación: 3.710,25 U.A.

Aprov. Máximo materializable: 16.620 U.A.

Parcela Neta edificable: 5.709 m¯.

Cesión Equipamiento: 1.156 m¯.

Cesión Espacios libres: 1.896 m¯.

Cesión vía pública: 939 m¯.

Resto de Red viaria: 3.350 m¯.

Los parámetros actuales ajustan los previstos en la Revisión del PGOU producto de la medición pormenorizada del ámbito.

Con el fin de potenciar el patio de Manzana previsto se propone una ocupación máxima en planta del 70% sobre rasante y una altura máxima de 4 plantas más ático retranqueado.

En Aplicación de la Modificación Puntual del Plan General en materia de reservas en función del número de viviendas se deberá compensar 4.926 m¯. Del total de 7.968 m¯. De superficie de reservas a realizar en función del número de viviendas que se prevé.

En cualquier caso será de aplicación de Normativa del PGOU vigente y las determinaciones del Convenio suscrito y Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha septiembre de 1977¯.

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