Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/03/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 18 de febrero de 1999, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se concede plazo al Personal Laboral de la Administración de Justicia para participar en las convocatorias de ayudas de Acción Social del ejercicio 1998, correspondientes a las modalidades de Estudios, Guardería y Cuidado de Hijos, Subvención de Alquileres y Préstamos sin Intereses por Adquisición de Primera Vivienda.

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Publicado el Decreto 253/1998, de 10 de noviembre, mediante el que se integra el personal laboral de la Administración de Justicia en la Junta de Andalucía y se adscribe el mismo a la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Gobernación y Justicia, se comprueban los siguientes

H E C H O S

Primero. En BOJA del día 22 de diciembre de 1998, se publica el mencionado Decreto de integración del referido personal, en cuya Disposición Final única se establece como efecto económico de tal integración el de 1 de enero de 1998.

Segundo. Que durante el año 1998 las ayudas de Acción Social para el personal laboral sometidas a procedimiento de concurrencia pública se convocaron mediante Resoluciones de fechas 25 de mayo (BOJA núm. 65, de 13 de junio), la ayuda de «Estudios¯ y de 21 de octubre (BOJA núm. 126, de 5 de noviembre), las ayudas de «Guardería y cuidado de hijos¯, «Subvención de alquileres¯ y «Préstamos sin intereses por adquisición de primera vivienda¯. Respecto a esta última se publicó corrección de errores mediante Resolución de 5 de noviembre (BOJA núm. 128, de 10 de noviembre).

Tercero. Que en los plazos de presentación de solicitudes de cada convocatoria, el personal a que hacemos referencia no reunía todos los derechos para pertenecer al ámbito subjetivo de la Acción Social al no haberse llevado a cabo la mencionada integración.

Cuarto. Que las anteriores convocatorias públicas no han sido aún resueltas.

A los citados Hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Disposición Adicional de la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de 12 de julio de 1996 (BOJA núm. 85, del día 25), mediante la que se aprueba el Reglamento de ayudas de Acción Social para el personal laboral, y por la que se establece la competencia para conocer y resolver este asunto.

II. Artículo 2 de la citada Orden mediante el que se establece el ámbito personal de tales ayudas para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.

III. Artículo 2 y Disposición final y única del Decreto 253/98, de 10 de diciembre, por los que se integran en la Junta de Andalucía y en la normativa del V Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, al personal laboral de la Administración de Justicia, con efectos económicos de 1 de enero de 1998.

En base a los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos y demás de general aplicación, esta Dirección General

R E S U E L V E

Conceder al personal laboral de la Administración de Justicia plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, para presentar las solicitudes de ayudas de «Estudios¯, «Guardería y cuidado de hijos¯, «Subvención de alquileres¯ y «Préstamos sin intereses por adquisición de primera vivienda¯ correspondientes al ejercicio económico de 1998, cuyas Bases fueron publicadas en las fechas indicadas en el Hecho Segundo de este escrito, a las que hay que remitirse en todos sus extremos para resolver las solicitudes que a tales efectos se presenten.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de

7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 18 de febrero de 1999.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.

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