Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 09/01/1999

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica resolución del expediente sancionador núm. SEP/SIM- 158/98-SE.

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Se acordó con fecha 5-5-98 la iniciación del procedimiento sancionador por presuntas infracciones a la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas a don José M. Velasco Sánchez por los hechos ocurridos el día 28-3-98, en el Bar «La Parᯠsito en C/ Callejón de Elisa núm. 10, de Gines.

En la tramitación del procedimiento han sido observadas las formalidades legales y reglamentarias.

No presentaron alegaciones al acuerdo de iniciación.

Se considera probado el hecho: El establecimiento se encontraba abierto al público a las 3,15 horas del día del acta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El hecho contraviene el contenido del art. 1 de la Orden de

14 de mayo de 1987, tipificado como infracción leve en el art.

26.e) de la Ley 1/1992, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Este órgano es competente para la resolución del expediente sancionador por los hechos, de acuerdo con el Real Decreto

1677/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos; el Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, que asigna la competencia a la Consejería de Gobernación y de las atribuciones que le confiere el Decreto 50/1985, de 5 de marzo, en relación con el art. 29, apartado 1.d), de la Ley

1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, y al amparo de lo establecido en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 11 y 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

RESUELVO: Sancionar a don José M. Velasco Sánchez por los hechos con una multa de 20.000 ptas.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, conforme a lo estipulado en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía. Transcurrido este plazo sin que el recurso haya sido presentado, la resolución será firme.

El pago de las 20.000 ptas. deberá hacerse efectivo dentro del plazo de treinta días siguientes al que la resolución sea firme. En otro caso, se procederá a su exacción por vía ejecutiva de apremio de acuerdo con el procedimiento del Reglamento General de Recaudación.

Lo que se le notifica en virtud de lo dispuesto en los arts. 58 y siguientes de la mencionada Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 25 de septiembre de 1998.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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