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A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación de la Resolución que tiene formulada esta Delegación Provincial en el expediente iniciado por el Ilustre C.O.F. de la provincia de Sevilla a instancias de doña Ana Vega Alva y en el que se ha personado doña Esther López Monasterio, con domicilio últimamente conocido en Sevilla, Avda. Kansas City, núm. 26, sobre autorización de apertura de Oficina de Farmacia, siendo la Sra. López Monasterio desconocida en su domicilio, y no pudiendo por tanto hacer la notificación por otros medios, se pone en su conocimiento que con fecha 18 de febrero de 1999 se acordó por el Delegado Provincial de Salud en el expediente Ref. F-97/98 (Ref. C.O.F. 12/98):
«Autorizar el traslado de la Oficina de Farmacia de doña Ana Vega Alva, de su actual ubicación en Sevilla, C/ Ramón y Cajal, núm. 72, al local designado por la interesada en la C/ Flor de Retama, núm. 2, local 6-7, de Sevilla¯.
Dicho acuerdo se le comunica fehacientemente según lo prescrito en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, quedando dicho trámite debidamente cumplimentado. El citado expediente se encuentra en las Dependencias de la Delegación Provincial de Salud, sita en C/ Luis Montoto, núm. 87-89, 1ª planta, Sevilla.
Asimismo se pone en su conocimiento que la citada Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que de conformidad con lo previsto en los arts. 107 y 114 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de
27.11.92), podrá interponer recurso ordinario ante la Dirección General de Farmacia y Conciertos de la Consejería de Salud, de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes desde la presente publicación.
Sevilla, 8 de marzo de 1999.- El Delegado, Fco. Javier Cuberta Galdós.
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