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Mediante la Resolución de 9 de febrero de 1999 de esta Dirección General de Investigación y Formación Agraria, se convocan ayudas para la realización de actividades de investigación y desarrollo en el campo de las ciencias agrarias y alimentarias a desarrollar en el período 1999/2000.
Habiéndose detectado error en el artículo 7 de la misma, procede su rectificación. Por otra parte, se considera conveniente la ampliación del plazo de presentación de solicitudes.
Por todo ello, y en ejercicio de las facultades que me confiere la Orden de 25 de abril de 1997, por la que se regulan las ayudas para la realización de actividades de investigación y desarrollo en el campo de las ciencias agrarias y alimentarias,
RESUELVO
Primero. Advertido error en el primer párrafo del artículo 7 de la Resolución de esta Dirección General de 9 de febrero de
1999, por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de investigación y desarrollo en el campo de las ciencias agrarias y alimentarias a desarrollar en el período
1999/2000, se procede a su correspondiente rectificación:
- Donde dice: «La cuantía máxima de la ayuda será del 70% del presupuesto real del proyecto tras su elevación¯.
- Debe decir: «La cuantía de las ayudas estará en función de los presupuestos disponibles, así como del resultado de la evaluación y valoración que se haga de los proyectos presentados y hasta un máximo del 90% del presupuesto aprobado¯.
Segundo. Se modifica el plazo de presentación de solicitudes previsto en el artículo 2 de la Resolución de esta Dirección General de 9 de febrero de 1999, citada en el apartado anterior, de forma que éste finalizará a los diez días de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de abril de 1999.- El Director General, Francisco Nieto Rivera.
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