Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 19/06/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 130/1999, de 18 de mayo, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Peal de Becerro (Jaén), de un solar sito en el Polígono Residencial Pablo Iglesias, resultante del Plan Parcial del Polígono Residencial El Arpa de la citada localidad, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria, y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de Peal de Becerro (Jaén) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar ubicado en el Polígono Residencial «Pablo Iglesias¯, resultante del Plan Parcial del Polígono Residencial «El Arpa¯ de dicho municipio, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para la enseñanza del Bachillerato.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 18 de mayo de 1999,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Peal de Becerro (Jaén) de un solar con 6.800 m¯ de superficie, según medición certificada por el Ayuntamiento, procedente de los terrenos de cesión obligatoria y gratuita de los partícipes del Plan Parcial del Polígono Residencial «El Arpa¯.

De las fincas resultantes de la compensación fue adjudicado al Ayuntamiento el lote núm. 11, que comprende un total de 230 parcelas con una superficie de 54.969,40 m¯, de la que será segregado el solar objeto de la donación.

Constan inscritas dichas parcelas en el Registro de la Propiedad de Cazorla, libres de cargas y a favor del Ayuntamiento de Peal de Becerro, al folio 181 y vuelto del tomo, libro, de Peal de Becerro, finca 12.225.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14 de la mencionada Ley, el solar donado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad, quedando adscrito a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 18 de mayo de 1999

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda