Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 10/7/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 11 de junio de 1999, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, prestando conformidad al expediente instruido por el Ayuntamiento de Torrecampo (Córdoba) para la enajenación mediante permuta del bien de propiedad municipal que se describe.

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Visto el acuerdo adoptado por el Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Torrecampo (Córdoba) en sesión extraordinaria del día 17 de marzo de 1998 de permuta de 97 áreas y 36 centiáreas segregadas de la parcela 20 del polígono 53 del catastro de rústica de ese término, de propiedad municipal, a cambio de la parcela número 18 del mismo polígono, propiedad de don Alfonso Márquez Romero; y visto el expediente instruido al efecto, del cual se ha recibido en esta Delegación del Gobierno la última documentación con fecha 24 de mayo de 1999.

En dicho expediente se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 22.2.I) y 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (conforme a la redacción vigente en la fecha del acuerdo de enajenación); en los arts. 79.1 y 80 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1996, de 18 de abril; en los artículos

109.1, 112.2, 114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, y en otros preceptos de general aplicación.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 3º del Decreto

29/1986, de 19 de febrero, y en la Disposición Adicional única del Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, corresponde a este Delegado del Gobierno la conformidad de los expedientes de permuta de bienes inmuebles de propios municipales, siempre que sus valores no excedan del 25% del presupuesto ordinario de la Corporación Municipal.

En virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O

1. Prestar conformidad a la permuta de 97 áreas y 36 centiáreas segregadas de la parcela 20 del polígono 53 del catastro de rústica, propiedad del municipio de Torrecampo (Córdoba), a cambio de la parcela número 18 del mismo polígono, propiedad de don Alfonso Márquez Romero, siendo la descripción de tales bienes a permutar la siguiente:

a) Bien a entregar por el Iltre. Ayuntamiento de Torrecampo a don Alfonso Márquez Romero:

Pedazo de terreno, secano e indivisible, en cerca de los Pingones, en paraje de Peralbillo y Aguzaderas, término de Torrecampo, de cabida 97 áreas y 36 centiáreas. Linda: Al Norte, con María Ortega García; al Sur, con carretera de circunvalación; Este, con finca matriz de que se segrega, propiedad del Ayuntamiento de Torrecampo, y Oeste, con Manuela Márquez Romero. Valor: 1.170.000 ptas.

b) Bien a recibir por el Iltre. Ayuntamiento de Torrecampo de don Alfonso Márquez Romero:

Parcela de terreno, al sitio Aguzaderas, término de Torrecampo. Tiene una cabida de 90 áreas. Linda: Al Norte y Este, con herederos de don José Ortega Campos, hoy Ayuntamiento de Torrecampo; al Sur, Camino de Perabillo; y al Oeste, con camino de circunvalación. Valor: 1.168.320 ptas.

2. Comunicar la presente Resolución al Iltre. Ayuntamiento de Torrecampo (Córdoba).

3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los arts. 107.1, 110.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Córdoba, 11 de junio de 1999.- El Delegado, Luis Hidalgo Reina.