Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 17/07/1999

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO. PATRONATOMUNICIPAL DE JUVENTUD

ANUNCIO de bases.

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1. Normas Generales.

1.1. El objeto de las presentes Bases es la de cubrir con carácter de contrato laboral indefinido los puestos que se relacionan seguidamente y que figuran incluidos en la Oferta de Empleo Pública del Patronato Municipal de Juventud del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de San Fernando, con expresión del grupo de clasificación y del procedimiento de selección, mediante Concurso-Oposición:

- Un Peón de Servicios múltiples. Grupo E.

- Un Limpiador/a. Grupo E.

1.2. Dichas plazas estarán dotadas económicamente con las retribuciones que según el convenio del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento tengan determinadas.

1.3. La titulación exigida para cada plaza y los programas de los ejercicios figuran en los Anexos correspondientes.

1.4 Los aspirantes seleccionados quedarán sometidos al sistema de incompatiblidades legalmente vigentes en cada momento.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a las pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Tener la nacionalidad española.

B) Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de 55.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones.

E) Estar en posesión del título académico correspondiente o estar en condiciones de obtener los títulos exigidos para la contratación en las categorías correspondientes, y que se especifican en los Anexos correspondientes.

F) Los requisitos establecidos en las Bases, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los Anexos respectivos, se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente mediante la presentación de los correspondientes originales, o fotocopias autentificadas por la Secretaría General o testimonio notarial de aquéllos, con la solicitud de participación, de los méritos a tener en cuenta en la fase del concurso.

3. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas deberán hacerlo constar en el modelo oficial de instancia que le será facilitado en el Patronato Municipal de Juventud, debiéndola entregar en el Registro del mencionado Organismo, haciendo constar los aspirantes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas Bases, irá dirigida al Sr. Vicepresidente del Patronato Municipal de Juventud, acompañado del justificante oficial de haber ingresado el pago de los derechos de examen exigidos para la plaza a la que concurre, en el plazo de 20 días naturales computados a partir del siguiente a aquél en que aparezca el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

También podrán presentarse en la forma que determine el art.

38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

El aspirante interesado deberá presentar tantas solicitudes y justificantes de pago de los derechos de examen exigidos para cada plaza, como número de plazas de trabajo a cuyas pruebas de selección desea concurrir.

Los derechos de examen para las plazas incluidas en la presente convocatoria se establecen en 1.000 pts., que deberán ser abonadas por los aspirantes, y para cada plaza de trabajo para la que soliciten tomar parte en estas pruebas de selección:

El ingreso deberá realizarse en la cuenta correspondiente de la entidad bancaria que se señale.

El sistema de selección será el de Concurso-Oposición.

4. Aspirantes admitidos.

Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, finalizando el plazo de admisión de solicitudes a los 20 días naturales del anuncio del extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.

En el plazo máximo de un mes, por la Vicepresidencia del Patronato de Juventud, se dictará Resolución declarando aprobadas las listas de admitidos y excluidos, que se expondrán al público en los tablones de anuncios de Patronato de Juventud y del Ayuntamiento.

En las mencionadas listas se señalarán, en su caso, las causas y el plazo de subsanación de defectos.

Igualmente se señalarán la fecha, el lugar y hora del comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal examinador, a efectos de recusación de cualquiera de los componentes del mismo.

Los aspirantes excluidos tendrán un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos, dándose por notificados con la publicación de la Resolución en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y Patronato Municipal de Juventud.

Los aspirantes excluidos por defectos de forma podrán, en un plazo de diez días, subsanar los mismos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/92.

Las relaciones definitivas de los aspirantes excluidos serán publicadas en el tablón de anuncios del Patronato Municipal de Juventud y Ayuntamiento de San Fernando, y podrán ser

impugnadas por los interesados mediante recurso jurisdiccional ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses desde tal publicación.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minúsvalidos, en las pruebas selectivas previstas en esta convocatoria serán admitidas las personas con minusvalías en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.

Sólo podrán establecerse las limitaciones físicas y psíquicas en los casos de incompatibilidad con el desempeño de las tareas o funciones propias de las plazas a las que opta, y que habrá de acreditarse por los servicios médicos del Ayuntamiento.

En ningún caso será necesaria la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente convocatoria pública de empleo.

5. Tribunales.

El Tribunal Calificador de los ejercicios y méritos alegados estará compuesto, por:

- Presidente: El Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Patronato de Juventud, o el Vicepresidente del mismo.

- El Secretario General de la Corporación en calidad de Técnico Superior de la Administración Local.

- Un Técnico designado al efecto por el Instituto Andaluz de la Juventud de la Junta de Andalucía.

- El Gerente-Jefe de Personal del Patronato Municipal de Juventud.

- El Representante Legal de los Trabajadores del Patronato, con voz y voto.

- Un Técnico del Patronato de Juventud, o en su caso del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento, que actuará de Secretario, con voz pero sin voto.

Podrán asistir a las pruebas y deliberaciones posteriores un representante de cada uno de los partidos políticos

representados en la Junta Rectora del Patronato, con voz, pero sin voto.

La composición nominal del Tribunal se hará publica

oportunamente en los tablones de anuncios ya indicados.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las

circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

6. Desarrollo de las pruebas.

6.1. El día, lugar y hora de las primeras pruebas se publicarán en los tablones de anuncios ya mencionados.

Los aspirantes serán convocados para cada uno de los ejercicios en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y acreditada por el aspirante que no haya podido comparecer a aquel llamamiento, y apreciado libremente por el Tribunal, será admisible un segundo llamamiento para el citado aspirante.

En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes la acreditación de su personalidad así como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Cada miembro del Tribunal otorgará de cero a diez puntos por cada uno de los ejercicios, obteniéndose la media del cómputo total de puntos en cada uno de los ejercicios de la oposición, no pasando al ejercicio siguiente aquél que no hubiera obtenido una media de cinco o más puntos, quedando eliminados los de una puntuación menor.

Fase del Concurso. Baremación. En la fase de Concurso que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los méritos alegados y justificados, obtenidos siempre antes de la fecha de

expiración del plazo de presentación de instancias, conforme a lo expresado en este apartado, y de acuerdo con el baremo siguiente:

Cursos.

Por la participación en cursos y seminarios siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 3 puntos en la forma siguiente:

Cursos de 10 a 19 horas: 0,10 puntos.

Cursos de 20 a 49 horas: 0,20 puntos.

Cursos de 50 a 99 horas: 0,40 puntos.

Cursos de 100 ó más horas: 0,60 puntos.

No se valorarán los cursos inferiores a 10 horas o que no determinen el número de las que constó.

Deberá haberse convocado e impartido por cualquier

Administración Territorial o Institucional Pública y en pública convocatoria.

Experiencia.

La valoración del trabajo desarrollado se cuantificará

atendiendo a la experiencia en las áreas de igual naturaleza y contenido correspondientes a las del puesto solicitado, hasta un máximo de 2 puntos en la forma siguiente:

- Por cada año de servicio, el Patronato Municipal de

Juventud de San Fernando en puestos de igual naturaleza y contenido: 0,5 puntos.

- Por cada año de servicio en puestos de igual naturaleza y contenido en otras Administraciones Públicas: 0,25 puntos.

Las fracciones de tiempo inferiores al año se valorarán por meses en forma proporcional a la valoración de los períodos anuales.

Antigüedad.

La antigüedad en el desempeño en un puesto de igual naturaleza, contenido y denominación se valorará hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada año de servicio en el Ayuntamiento de San Fernando y/o sus Organismo autonómos, en puesto de igual naturaleza, categoría y denominación: 0,50 puntos.

- Por cada año de servicio prestado en otras Administraciones Públicas: 0,20 puntos.

Las fracciones de tiempo inferiores al año se valorarán por meses en forma proporcional a la valoración de los períodos anuales.

La puntuación definitiva será la obtenida de la suma que resulte de la puntuación de la oposición, más la puntuación de la fase de concurso. En todo caso, para valorar la fase de concurso será necesario superar la fase de oposición con un mínimo de cinco puntos.

En las pruebas de realización conjunta los aspirantes serán llamados de acuerdo al orden alfabético de la primera letra de su primer apellido, y de igual forma en las pruebas

individuales, mediante sorteo.

7. Propuesta de selección.

Una vez finalizado el último ejercicio de la oposición el Tribunal publicará la relación de los aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y sin que pueda considerarse en ningún caso la calificación de aprobado sin plaza u otra semejante.

8. Presentación de documentos y nombramiento.

Los aspirantes propuestos presentarán ante el Patronato Municipal de Juventud, dentro de los 20 días naturales

inmediatamente posteriores a la fecha en que se haga público el resultado de las pruebas, los siguientes documentos:

1. Documento Nacional de Identidad.

2. Certificado Médico Oficial acreditativo de no padecer defecto físico o enfermedad que imposibilite el normal

ejercicio de sus funciones.

3. Copias autentificadas o fotocopia acompañada de su original para su compulsa del título académico exigido para la plaza, o justificante de haber abonado los derechos.

4. Declaración escrita de cumplir los requisitos establecidos en la Base 2ª apartados D y E.

Si el aspirante propuesto, dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentara la documentación correcta no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las

actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud.

Presentada la documentación y en el plazo máximo de cinco días se procederá a la contratación de los candidatos.

9. Resolución de dudas que se planteen.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran presentarse en el transcurso de los ejercicios, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de todo lo no previsto en las presentes Bases.

San Fernando, 14 de junio l999.- El Secretario General, Miguel Ríos Jiménez. El Alcalde, Antonio Moreno Olmedo.

ANEXO I

PEON DE SERVICIOS MULTIPLES

Titulación: Certificado de escolaridad o equivalente.

Primer ejercicio: Prueba escrita con el sistema de respuestas alternativas sobre tres posibilidades con un máximo de 50 preguntas sobre el temario, en una hora como máximo. De las respuestas sólo una será la correcta descontándose de la puntuación las respuestas erróneas.

Los juegos de pruebas, que serán tres, se encontrarán en los correspondientes sobres cerrados, de las cuales uno de ellos será elegido por uno de los aspirantes entre los preparados al efecto.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito en una hora como máximo un supuesto práctico que planteará el

Tribunal.

TEMARIO

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Caracteres

Generales.

Tema 2. Derechos y Deberes Fundamentales de los Españoles.

Tema 3. La Corona.

Tema 4. El Poder Judicial.

Tema 5. El Patronato Municipal de Juventud de San Fernando.

Tema 6. El Estatuto de Autonomía de Andalucía, contenido General.

Tema 7. El Municipio, el Término Municipal, la Población.

Tema 8. El Procedimiento Administrativo. Fases.

Tema 9. La Organización de la Provincia.

Tema 10. La Atención al ciudadano.

Tema 11. Nociones básicas de fontanería.

Tema 12. Nociones básicas sobre instalaciones eléctricas.

Tema 13. Nociones básicas sobre seguridad en edificios.

Tema 14. Nociones básicas sobre mantenimiento general de edificios.

Tema 15. San Fernando: Síntesis de su evolución histórica.

Tema 16. Nociones generales sobre seguridad en el trabajo.

LIMPIADORA

Titulación: Certificado de escolaridad o equivalente.

Primer ejercicio: Prueba escrita con el sistema de respuestas alternativas sobre tres posibilidades con un máximo de 50 preguntas sobre el temario, en una hora como máximo. De las respuestas sólo una será la correcta descontándose de la puntuación las respuestas erróneas.

Los juegos de pruebas, que serán tres, se encontrarán en los correspondientes sobres cerrados, de las cuales uno de ellos será elegido por uno de los aspirantes entre los preparados al efecto.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de una hora para su realización.

TEMARIO

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Caracteres

Generales.

Tema 2. Derechos y Deberes Fundamentales de los Españoles.

Tema 3. La Corona.

Tema 4. El Poder Judicial.

Tema 5. El Patronato Municipal de Juventud de San Fernando.

Tema 6. El Estatuto de Autonomía de Andalucía, contenido General.

Tema 7. El Municipio, el Término Municipal, la Población.

Tema 8. El Procedimiento Administrativo. Fases.

Tema 9. La Organización de la Provincia.

Tema 10. La Atención al ciudadano.

Tema 11. San Fernando: Síntesis de su evolución histórica.

Tema 12. Nociones generales sobre seguridad en el trabajo.