Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 20/07/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 24 de junio de 1999, por la que se concede la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento al Centro privado Sagrada Familia, de Málaga.

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Francisco de Paula Molina Pacheco, en su calidad de Subdirector General de «Unicaja, Obra Socio-Cultural¯, entidad titular del centro docente privado «Sagrada Familia¯, con domicilio en Avda. Ramón y Cajal, núm. 41, de Málaga, en solicitud de ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento del mencionado centro en 1 unidad de Educación Infantil (2º ciclo).

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Málaga.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial.

Resultando que el centro «Sagrada Familia¯, con código

29004419, tiene autorización definitiva de dos centros del mismo titular, uno de Educación Preescolar con 2 unidades de Párvulos para 80 puestos escolares por Orden de 21 de marzo de

1975 y otro de Educación General Básica con 17 unidades para

680 puestos escolares por Orden de 20 de enero de 1983.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, aparece que la titularidad de los centros la ostenta «Unicaja, Obra Socio-Cultural¯.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE de 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto

173/1998, de 16 de febrero (BOE de 17 de febrero); el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento en 1 unidad de Educación Infantil (2º ciclo) para 25 puestos escolares al centro docente privado de Educación Infantil «Sagrada Familia¯, quedando en el mismo recinto escolar los centros cuya configuración se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: Sagrada Familia. Código de Centro: 29004419.

Domicilio: Avda. Ramón y Cajal, núm. 41.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Titular: Unicaja, Obra Socio-Cultural.

Composición resultante: 3 unidades de segundo ciclo de

Educación Infantil para 75 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: Sagrada Familia.

Código de Centro: 29004419.

Domicilio: Avda. Ramón y Cajal, núm. 41.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Titular: Unicaja, Obra Socio-Cultural.

Composición resultante: 12 unidades de Educación Primaria para

300 puestos escolares.

Transitoriamente, hasta finalizar el curso escolar 2001/2002 o hasta que la titularidad de este Centro solicite el cambio de enseñanza de Preescolar a Educación Infantil, de conformidad con la Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 31 de enero de 1992 (BOJA de 10 de marzo), podrá funcionar

impartiendo Educación Preescolar en 2 unidades para 80 puestos escolares y 1 unidad de Educación Infantil (2º ciclo) para 25 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26 de junio), y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Málaga la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la

publicación de dicha Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 24 de junio de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia