Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 05/08/1999

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 164/1999, de 27 de julio, por el que se dispone la Emisión de Deuda Pública exterior y amortizable para la financiación de inversiones.

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El artículo 22.Uno, letra a), de la Ley 10/1998, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999, autoriza al Consejo de Gobierno, previa propuesta de la titular de la Consejería de Economía y Hacienda, a emitir Deuda Pública amortizable, fijando sus características, entre las que podrá incluirse la condición de segregables de los títulos emitidos, o concertar operaciones de crédito, cualquiera que sea la forma como se documenten, tanto en operaciones en el interior como en el exterior, hasta el límite de ciento dieciocho mil trescientos ochenta y un millones novecientas dieciocho mil (118.381.918.000) pesetas, con destino a la financiación de operaciones de capital incluidas en las correspondientes dotaciones del estado de gastos.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 14.3 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, el Consejo de Ministros, mediante Acuerdo de fecha 28 de mayo de 1999, ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Andalucía a efectuar la presente emisión.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 1999.

D I S P O N G O

Artículo 1. Acuerdo de Emisión.

En uso de las autorizaciones concedidas al Consejo de Gobierno por la Ley 10/1998, de 28 de diciembre, del

Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999, en su artículo 22.Uno, letra a), y dentro del límite señalado en la citada disposición, se acuerda la emisión y puesta en circulación de Deuda Pública Exterior por un importe máximo del equivalente en dólares USA a treinta mil trescientos ochenta y un millones novecientas dieciocho mil (30.381.918.000) pesetas, con la finalidad de financiar las inversiones autorizadas por dicha Ley.

Artículo 2. Características de la Emisión. La emisión de Deuda Pública, que autoriza el presente Decreto, tendrá las siguientes características:

1. Modalidad: Emisión pública de títulos valores en el mercado de capitales de los Estados Unidos de América.

2. Importe: Será como máximo el contravalor en dólares USA a

30.381.918.000 pesetas, equivalente a 182.599.004,72 euros.

3. Moneda: Dólar USA.

4. Fecha de emisión: A determinar por la titular de la Consejería de Economía Hacienda.

5. Cupón: La fijación del cupón se llevará a cabo en el momento de realizar la emisión, teniendo en cuenta que el coste total de la operación no será superior en ningún caso al 0,50% del coste que tendría para el Tesoro Público Español una operación de igual o similar vencimiento en dólares USA.

6. Plazo: 30 años.

7. Precio de amortización: 100% del valor nominal.

8. Director de la emisión: J.P. Morgan Securities Inc.

Artículo 3. Beneficios.

De conformidad con el artículo 65 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y número 5 del artículo 14 de la Ley Orgánica

8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, la emisión que se autoriza tendrá los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Disposición Final Primera. Autorización para la formalización y el desarrollo.

Se autoriza a la Consejera de Economía y Hacienda a firmar el Contrato de Suscripción para la Emisión de Deuda Pública («Underwriting Agreement¯), el Contrato de Mandato Financiero («Fiscal Agency Agreement¯), y demás documentos o contratos anexos o complementarios relacionados con la operación, así como a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución del presente Decreto.

Asimismo, se autoriza al Director General de Tesorería y Política Financiera para la firma de la Declaración de

Inscripción en la Securities and Exchange Commission.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de julio de 1999

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda