Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 26/9/2000

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 1 de septiembre de 2000, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca a concurso público becas de investigación con cargo a proyectos, grupos, contratos y convenios de investigación.

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La Universidad de Málaga convoca becas de investigación con cargo a contratos, convenios, proyectos o grupos de investigación, con arreglo a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; el Reglamento sobre Nombramiento de Colaboradores Becarios con cargo a créditos de Investigación, de la Universidad de Málaga, y demás normas vigentes que sean de aplicación, en particular por las normas específicas contenidas en esta Resolución y sus Anexos y el Convenio de colaboración entre la Universidad de Málaga y la empresa Acerinox, S.A.

La instrucción del procedimiento corresponderá al Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico. Asimismo, se delega en la Vicerrectora de Investigación y Desarrollo Tecnológico la resolución de concesión y el nombramiento de los becarios, que se producirá en los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La Resolución de concesión pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.a), en relación con el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción-Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta, por el transcurso de un mes desde su interposición.

En el supuesto de no producirse la resolución de concesión en el plazo señalado se entenderán desestimadas las solicitudes. Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los solicitantes en el plazo de un mes a partir de la publicación de la resolución de concesión de becas.

Las becas se financiarán con cargo a los créditos correspondientes de los proyectos, grupos de investigación, contratos o convenios que dan lugar a esta convocatoria. Debiendo existir crédito suficiente para su concesión.

2. Requisitos de los solicitantes.

Podrán solicitar estas becas quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en los distintos perfiles que figuran en el Anexo de esta Resolución, siempre que posean la nacionalidad española o sean nacionales de un país miembro de la Unión Europea, o sean extranjeros residentes en España en el momento de solicitar la beca.

3. Condiciones de la convocatoria.

El disfrute de la beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado.

La concesión de una beca no establece relación contractual o estatutaria con el Centro al que quede adscrito el

beneficiario, ni implica por parte del organismo receptor ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado en la plantilla del mismo.

El disfrute de una beca cuando, según la convocatoria

específica, requiera una dedicación de cuarenta horas

semanales, es incompatible con el registro en las Oficinas del Instituto Nacional de Empleo (INEM) como demandante de empleo, al tratarse de subvenciones que exigen dedicación exclusiva.

La dotación económica de la beca será de 120.000 ptas.

mensuales durante el primer año. En caso de prórroga, el segundo año y los siguientes las ayudas serán de 125.000 ptas. mensuales, estando los importes de las becas sujetos a las deducciones que correspondan.

La duración de estas becas será de doce meses, pudiendo prorrogarse, en sucesivas anualidades, de modo que la

permanencia del becario en el Centro de I+D de la Empresa no supere cuatro años. En cualquier caso, la duración de la beca no podrá exceder de la duración temporal del convenio,

contrato, grupo o proyecto de investigación para el que se concede.

Transcurrido el período de duración de la beca, las solicitudes de prórroga se presentarán en el Vicerrectorado de

Investigación y Desarrollo Tecnológico, en el penúltimo mes de disfrute de la beca, en impreso normalizado establecido al efecto.

Por su parte, las renuncias se presentarán en el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico. Para aquellas renuncias o bajas que se produzcan durante los tres primeros meses, los directores de investigación podrán hacer propuesta de sustitución, de acuerdo con la relación priorizada hecha en su momento.

4. Formalización de solicitudes.

Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Universidad de Málaga.

Las solicitudes se presentarán, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la presente publicación en el BOJA, en el Registro General de la

Universidad de Málaga, o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, dirigiéndose a la Excma. Sra.

Vicerrectora de Investigación y Desarrollo Tecnológico, Campus El Ejido, s/n (Edificio del Rectorado).

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente

documentación:

a) Fotocopia del DNI, Pasaporte o tarjeta de residente, en su caso.

b) Fotocopia del título universitario o resguardo acreditativo de estar en posesión del mismo.

c) Certificación académica personal.

d) Curriculum vitae del solicitante. Se deberá acreditar que posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el perfil de la beca.

5. Selección de los candidatos.

La valoración y selección de los solicitantes tendrá en cuenta los expedientes académicos, los méritos científicos-

tecnológicos, el grado de preparación en conocimientos como idiomas e informática y la adecuación de todos los aspectos anteriores a la línea o líneas de trabajos en cuya formación se pretende integrar al becario. El proceso de selección podrá contemplar una entrevista personal y pruebas psicotécnicas, de idiomas y de informática.

El proceso de selección se realizará por una comisión

constituida por un representante de Acerinox, S.A., y un representante de la Universidad de Málaga designado por el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico, y contará con el asesoramiento del Jefe del Departamento Técnico y de Investigación y Desarrollo de la Empresa y del Profesor nombrado por la Universidad de Málaga como tutor de los becarios seleccionados.

La concesión de las becas será comunicada por el mecanismo conjunto que establezcan la Universidad de Málaga y Acerinox, S.A.

Las bajas o renuncias que se produzcan durante el período asignado a las becas se comunicarán al Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Universidad de Málaga y podrán ser cubiertas por los solicitantes que hubiesen quedado como suplentes durante el proceso de selección.

6. Resolución.

La resolución de concesión o denegación de las becas se hará pública en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de

Investigación y Desarrollo Tecnológico, con sede en el Campus El Ejido, s/n, 3.ª planta del edificio del Rectorado, en la que se incluirán los candidatos a los que se les concede la beca, entendiéndose desestimadas el resto de las solicitudes

presentadas.

A cada aspirante seleccionado se le expedirá una credencial de Colaborador Becario indicando el código del grupo, contrato o proyecto de investigación, nombre del investigador principal, fecha de duración de la beca y remuneración de la misma.

El nombramiento de becario colaborador está condicionado a la existencia de crédito suficiente para hacer frente a la beca.

7. Obligaciones del becario.

a) La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en la convocatoria y las determinadas por el director de la beca, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Málaga.

b) Incorporarse al centro de aplicación en la fecha autorizada, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la beca.

c) Solicitar autorización al Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico para cualquier interrupción razonada de la beca o ausencia temporal, que deberá ser informada

favorablemente por el director de la misma.

d) La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

La presente Resolución, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA, pone fin a la vía

administrativa. Cabe, no obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la L.O. 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en virtud de lo

dispuesto en el artículo 13.a), en relación con el artículo

10.1.a) de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación o

publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto

expresamente o se haya producido desestimación presunta, por el transcurso de un mes desde su interposición.

Málaga, 1 de septiembre de 2000.- El Rector, Antonio Díez de los Ríos Delgado.

ANEXO

Número de becas: 4.

Laboratorio de Corrosión.

Una beca: Un Licenciado en Ciencias Químicas. Se valorarán conocimientos en electroquímica y metalurgia.

Otros requisitos: Idioma inglés a buen nivel. Conocimientos de informática a nivel de usuario.

Líneas de trabajo:

1. Evaluación de los aceros inoxidables frente a la corrosión (picaduras, intersticios, bajo tensiones, intergranular).

2. Puesta a punto de métodos de ensayo para la evaluación de los distintos materiales metálicos frente a la corrosión.

3. Participación en investigación de causas que han provocado problemas de corrosión.

Laboratorio de Difracción de Rayos X y Termogravimetría. Una beca: Un Licenciado en Ciencias Químicas. Se valorarán conocimientos en Metalurgia, Difracción de Rayos X y Análisis Térmico.

Otros requisitos: Idioma inglés a buen nivel. Conocimientos de Informática a nivel de usuario.

Líneas de trabajo:

1. Tratamientos térmicos de aceros inoxidables.

2. Caracterización de fases producidas a distintas

temperaturas.

3. Determinación de parámetros de la red cristalina de aceros inoxidables con determinadas variaciones en la composición química.

4. Caracterización de escorias, refractarios, aditivos de colada y residuos.

5. Evaluación de la corrosión superficial en muestras de acero inoxidable mediante Difracción de Rayos X.

Laboratorio Espectrométrico.

Una beca: Un Licenciado en Ciencias Químicas. Se valorarán conocimientos en espectrometría, fundamentalmente de

fluorescencia de Rayos X y emisión óptica.

Otros requisitos: Idioma inglés a buen nivel. Conocimientos de Informática a nivel de usuario.

Líneas de trabajo:

1. Calibración de equipos para el análisis de aceros

inoxidables, ferroaleaciones y escorias.

2. Participación en proyectos de investigación en el ámbito de los procesos de producción de acería.

3. Participación en proyectos de investigación de nuevos tipos de aceros.

4. Puesta a punto de un sistema automático de preparación de escorias.

5. Preparación y certificación de patrones secundarios.

Laboratorio de Microscopia Electrónica.

Una beca: Un Licenciado en Ciencias Químicas. Se valorarán conocimientos en Metalurgia, Metalografía y Microscopia Electrónica y Microanálisis.

Otros requisitos: Idioma inglés a buen nivel, se valorarán conocimientos de francés o alemán. Conocimientos de Informática a nivel de usuario.

Líneas de trabajo:

1. Microanálisis de fases en aceros convencionales y de nuevo diseño.

2. Caracterización de precipitados y fases típicos del

envejecimiento en servicio aceros inoxidables.

3. Puesta a punto del microanálisis de elementos ligeros en matrices de acero.

4. Caracterización de productos de oxidación a altas

temperaturas.

5. Puesta a punto de métodos Microanalíticos para materiales cerámicos de aplicación en acerías.

6. Microanálisis de escorias, refratarios y aditivos de colada en contacto con acero inoxidable líquido.

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