Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 21/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 2 de octubre de 2000, por la que se aprueba la adaptación a la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, de los Estatutos de la Fundación denominada «Escuelas Pías de la Inmaculada Concepción¯, de la localidad de Córdoba, Plaza de la Compañía, núm. 5.

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Visto el expediente de adaptación a la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería, de la Fundación denominada «Escuelas Pías de la Inmaculada Concepción¯, constituida y domiciliada en Córdoba, Plaza de la Compañía, núm. 5.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación fue reconocida y clasificada por Orden del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes de fecha 8 de mayo 1913, solicitando la adaptación de sus Estatutos a la Ley 30/94 por Escritura Pública de fecha 23 de diciembre de

1999, ante don Vicente Mora Benavente, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 5.061.

Segundo. Tendrá, principalmente, los objetivos y fines siguientes: Promocionar enseñanza gratuita a niños y niñas, hijos de familias modestas con preferencia naturales de Córdoba y demás pueblos de su Diócesis y provincia.

Tercer. El Patrimonio de la Fundación está constituido por todos los bienes y derechos que constituyen la dotación inicial de la Fundación, y por aquellos otros que en lo sucesivo se aporten a la misma con ese carácter.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato, que estará formado por tres miembros.

Vistos: La Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo, en consecuencia, el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general, por lo que procede la adaptación de los Estatutos de la Fundación a la Ley 30/94, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los Hechos y Fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero. Autorizar la adaptación de los Estatutos a la Ley

30/94 y su inscripción en el correspondiente Registro a la Fundación denominada «Escuelas Pías de la Inmaculada Concepción¯, con domicilio en Córdoba, Plaza de la Compañía, núm. 5.

Segundo. Aprobar los Estatutos contenidos en las escrituras públicas de fecha 23 de diciembre de 1999.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de octubre de 2000

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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