Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 04/11/2000

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MARTOS

ANUNCIO de bases.

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EDICTO

El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Martos

Hace saber: Que la Comisión de Gobierno de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de septiembre del año en curso, aprobó las siguientes:

BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DE ESTA CORPORACION

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, en propiedad, mediante concurso-oposición a través de promoción interna, de una plaza de Auxiliar Administrativo, funcionario de carrera, correspondiente al Grupo D, Escala Administración General, Subescala Auxiliar de Secretaría General, correspondiente a la oferta de empleo público del año 1999.

Segunda. Condiciones generales de capacidad que habrán de reunir los aspirantes.

Para tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, será necesario reunir, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Ser funcionario del Ayuntamiento de Martos, perteneciente a cualquiera de las escalas, con Grupo de Clasificación E, del artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y tener una antigüedad de, al menos, 2 años en la Escala de procedencia.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración Estatal, Autonómica y Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

g) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica prevista en la legislación vigente.

Tercera. Presentación de instancias:

a) Contenido: Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones de la base segunda y aportar fotocopia debidamente compulsada del DNI, resguardo acreditativo del ingreso de los derechos de examen y fotocopia debidamente compulsada de todos y cada uno de los méritos que pretendan ser valorados en la fase del concurso.

b) Lugar y plazo: Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto de anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 1.000 pesetas, que serán satisfechos en la Caja Municipal y sólo serán devueltos en el caso de no ser admitidos en la convocatoria y previa solicitud del interesado.

Quinta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Alcalde procederá a la aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos, pudiendo los excluidos, en el plazo de diez días previsto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables. Asimismo, el Alcalde procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público con la lista de admitidos en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de recusaciones previstas en la legislación vigente.

De no presentar reclamaciones, se elevará a definitiva la lista de admitidos y excluidos.

En dicho Edicto se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada ejercicio, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor valorado libremente por el Tribunal.

Sexta. Tribunal.

El Tribunal Calificador de las pruebas estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o persona en quien delegue. Vocales:

- El Concejal Delegado del Servicio.

- Un representante designado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.

- Dos representantes de los trabajadores designado por la Junta de Personal.

- Un empleado público con categoría igual o superior a la plaza convocada, designado por el Alcalde.

Secretario/a: El de la Corporación o persona en quien

delegue.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y, al menos, dos Vocales titulares o suplentes, indistintamente. Los Vocales deberán poseer

titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

Séptima. Pruebas selectivas y calificación de ejercicios:

I. Fase de concurso: Que se realizará con anterioridad a la fase de oposición, no siendo eliminatoria, y donde se valorará:

A) Antigüedad:

- Por cada mes de servicios prestados en cualquier

Administración Pública en puesto del grupo E, mediante relación funcionarial o laboral acreditada a través del correspondiente contrato de trabajo o resolución de adscripción provisional a dicho puesto: 0,05 puntos.

Máximo 3 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en cualquier

Administración Pública en puesto de Auxiliar Administrativo, mediante relación funcionarial o laboral acreditada a través del correspondiente contrato de trabajo o resolución de adscripción provisional a dicho puesto: 0,10 puntos.

Máximo 5 puntos.

B) Cursos. Cursos de formación y perfeccionamiento que estén relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar:

- Cursos de menos de 10 horas de duración: 0,25 puntos.

- Cursos de 10 a 20 horas de duración: 0,50 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas de duración: 0,75 puntos.

- Cursos de más de 40 horas de duración: 1 punto.

Máximo 2 puntos.

II. Fase de la oposición: Que constará de dos ejercicios de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas, con respuestas alternativas, según el programa que se recoge en el Anexo a estas bases, durante un plazo máximo de

45 minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un caso práctico referente a las funciones a realizar, sobre el procesador de textos «Word 97¯, en el que los aspirantes demuestren sus conocimientos y destreza.

El Tribunal podrá, discrecionalmente, acordar la realización de una entrevista personal, cuando así lo estime pertinente, que versará sobre la capacitación que se tiene para desarrollar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, la experiencia en igual categoría y otras situaciones, siendo la puntuación máxima de la entrevista 3 puntos.

Los ejercicios de las distintas pruebas selectivas son

eliminatorios y serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación de los ejercicios se obtendrá sumando las

puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación de cada ejercicio.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

La calificación global del concurso-oposición se obtendrá con la suma de las calificaciones parciales obtenidas en la fase de oposición a las que se añadirá la fase del concurso.

Octava. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramientos.

Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará la relación de aprobados, no pudiéndose proponer un número superior a las plazas convocadas, que se elevará al Presidente para que formule el correspondiente nombramiento del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.

El aspirante propuesto presentará en el Area de Personal, dentro de los veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la relación de aprobados en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base tercera.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación o no se reunieran los

requisitos, no se procederá a su nombramiento, quedando anuladas todas las actuaciones, si perjuicio de la

responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia.

Novena. Toma de posesión.

El plazo para la toma de posesión del aspirante nombrado por el Alcalde será de treinta días, a contar desde el siguiente al que le sea notificado su nombramiento, debiendo prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y el

nombramiento conferido.

Décima. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de las pruebas.

En lo previsto en estas bases, se estará a lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto; Ley 7/85, de 2 de abril; R.D.

896/91, de 7 de julio; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D.

364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones aplicables.

Undécima. Impugnación.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos de carácter firme se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados en recurso de reposición ante la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento, o,

directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Jaén, en el plazo de un mes y dos meses, respectivamente, contados a partir de la publicación del Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los actos administrativos derivados de la convocatoria y de la actuación del Tribunal serán impugnados en la forma y plazos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

TEMARIO

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Sus garantías y suspensión. El Tribunal Constitucional.

Tema 3. Nociones generales sobre la Corona.

Tema 4. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado.

Tema 5. El procedimiento administrativo común. Los interesados. Fases del procedimiento administrativo.

Tema 6. Los actos administrativos: Concepto y clases.

Motivación y eficacia y validez de los actos. Notificación.

Tema 7. Régimen local español. Principios constitucionales.

Tema 8. La Provincia en el Régimen local. Organización

provincial. Caracteres y atribuciones. Competencias.

Tema 9. El Municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento.

Tema 10. Organización municipal. Competencias municipales.

Tema 11. El personal al servicio de las Entidades Locales. Funcionarios públicos: Clases, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

Tema 12. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Derechos económicos. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 13. Funcionamiento de los Organos Colegiados. Convocatoria y orden del día. Actas y Certificaciones de Acuerdos.

Tema 14. Las Haciendas Locales. Clasificación de los recursos. Ordenanzas fiscales.

Martos, 10 de octubre de 2000.- El Alcalde-Presidente.

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