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En cumplimiento del artículo 15 de la Orden de 3 de enero de 2000 (BOJA núm. 8, de 22 de enero de 2000), por la que se regula la Cooperación con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a los veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Servicios Sociales Comunitarios, se da publicidad al siguiente Convenio:
Convenio de Cooperación entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Andújar para el desarrollo de Servicios Sociales Comunitarios.
Financiación:
M.º de Trabajo y Asuntos Sociales (Plan Concertado):
12.668.000 ptas.
Consejería de Asuntos Sociales (Plan Concertado): 16.695.000 ptas.
D. G. Atención al Niño.
Para los programas:
- Ayudas económicas familiares: 1.338.255 ptas.
D. G. Bienestar Social.
Para los proyectos:
- Asistencia a inmigrantes temporeros y sus familias:
2.700.000 ptas.
Total M.A.S. más C.A.: 33.401.255 ptas.
Ayuntamiento: 73.160.598 ptas.
Total Convenio: 106.561.853 ptas.
Sevilla, 8 de noviembre de 2000.- La Secretaria General Técnica, M.ª Angeles Martín Vallejo.
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