Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 30/11/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

DECRETO 426/2000, de 7 de noviembre, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Aljaraque (Huelva) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipal.

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El Ayuntamiento de Aljaraque (Huelva) ha estimado oportuno adoptar su escudo heráldico y bandera municipal, a fin de perpetuar los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 30 de enero de 1998, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 66, de fecha 16 de junio de 1998, lo elevó a la entonces Consejería de Gobernación y Justicia para su aprobación definitiva.

Solicitado el 29 de marzo de 2000 informe a la Real Academia de Córdoba de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes no lo ha emitido hasta la fecha. El artículo 2 del Decreto/1995, de 31 de enero, establece en su apartado 4 que el informe de la Real Academia deberá emitirse en el plazo de dos meses, en caso contrario, se entenderá favorable y se continuará la tramitación del expediente.

El expresado expediente se sustanció conforme a lo establecido en la Ley reguladora de Bases de Régimen Local, artículo

22.2.b), y el contenido en el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo, apartado 7, del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y del artículo

26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de noviembre de 2000,

D I S P O N G O

Primero. Se autoriza al Ayuntamiento de Aljaraque (Huelva) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipal, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo: De azur, una torre de oro adjurada de gules, acompañada de dos pinos arrancados de plata y superada de dos remos de oro en sotuer. Al timbre, Corona Real cerrada.

Bandera: En la proporción de 11 por 18, de color azul marino con un ceñidor claro cargado de una vara blanca. Centrado y sobrepuesto, el escudo de armas local.

Segundo. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficia de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 7 de noviembre de 2000

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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