Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 12/12/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 443/2000, de 5 de diciembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las distintas Consejerías.

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Por Acuerdo de 25 de octubre de 1999 entre la Consejería de Gobernación y Justicia, en representación de la Junta de Andalucía y las organizaciones sindicales, validado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de diciembre de 1999, se dispuso la formación de un fondo para la mejora de retribuciones y modernización, de aplicación para el año 2000, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía. A este fondo, cuantificado como el 1,6% de la masa salarial y cuya aplicación se aprobó por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 7 de febrero de 2000, se sumaba un fondo añadido (0,3% de la masa salarial), pendiente de aplicación en virtud de lo que se indicaba en el mencionado Acuerdo; «para la mejora concreta de determinados colectivos, de manera que el abanico retributivo resultante con la aplicación del fondo establezca un modelo retributivo coherente¯.

El presente Decreto supone la aplicación del referido fondo añadido, considerando que, dado el alcance limitado de la cuantía de éste, las medidas contenidas en el mismo contemplan el objeto del fondo, sin perjuicio de que otras a su vez consecuentes con dicho objeto, puedan llevarse a cabo.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Justicia y Administración Pública, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de diciembre de

2000,

D I S P O N G O

Artículo primero. Niveles mínimos de los puestos de trabajo. Los puestos de trabajo de acceso a la Función Pública de la Junta de Andalucía, para los diferentes grupos en que se clasifican los cuerpos de funcionarios, según el grupo único o superior al que se adscriben, tendrán asignado el nivel mínimo que se indica en la Disposición Adicional Primera de este Decreto.

Artículo segundo. Secretarios Generales de las Delegaciones del Gobierno y Secretarios Generales de las Delegaciones Provinciales.

Los puestos de «Secretario General¯ de las Delegaciones del Gobierno en las distintas provincias quedan configurados con el nivel de complemento de destino 29 y complemento específico de

2.163.396 pesetas, afectando a los factores de responsabilidad, especial dificultad técnica, incompatibilidad y dedicación.

Los puestos de «Secretario General¯ de las distintas Delegaciones Provinciales de las Consejerías quedan configurados con el nivel de complemento de destino 28 y complemento específico de 2.074.704 ptas., afectando a los factores de responsabilidad, especial dificultad técnica, incompatibilidad y dedicación.

Artículo tercero. Modificación de la valoración del

complemento específico de determinados puestos.

El complemento específico de los puestos de estructura cuyas características de grupo, nivel y complemento específico se relacionan a continuación queda modificado, según se indica, considerando idénticos factores que en su actual valoración.

Grupo Nivel C. específico actual C. específico modificado

1.º A 2.117.544 2.163.396

2.º A 2.074.704 2.163.396

3.º A 2.163.396 2.226.888

4.º A 1.906.908 1.992.720

5.º AB 1.617.312 1.678.800

6.º AB 1.691.904 1.755.396

La modificación prevista en el número 2.º anterior no es de aplicación a los puestos a que se refiere el artículo segundo de este Decreto ni a los puestos con destinos provinciales incluidos en el Decreto 403/2000, de 5 de octubre.

Disposición adicional primera. Modificación de la disposición adicional cuarta del Decreto 151/1996, de 30 de abril.

La disposición adicional cuarta del Decreto 151/1996, de 30 de abril, por el que se regulan los concursos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de

Andalucía, adscritos a personal funcionario y se aprueba el baremo que ha de regir los mismos, queda modificada en los siguientes términos:

Los intervalos correspondientes a los grupos en que se

clasifican los cuerpos de funcionarios de la Junta de

Andalucía, son los siguientes:

Grupo A:

Nivel Mínimo: 22.

Nivel Máximo: 30.

Grupo B:

Nivel Mínimo: 18.

Nivel Máximo: 26.

Grupo C:

Nivel Mínimo: 15.

Nivel Máximo: 22.

Grupo D:

Nivel Mínimo: 13.

Nivel Máximo: 18.

Grupo E:

Nivel Mínimo: 12.

Nivel Máximo: 14.

Disposición adicional segunda. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.

Disposición adicional tercera. Aplicación y desarrollo. Se autoriza a la Consejería de Justicia y Administración Pública para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos derivados del mismo serán de 1 de enero de 2000.

Sevilla, 5 de diciembre de 2000

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

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