Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 28/12/2000

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Granada, sobre Resolución de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica que se cita. Expte. 7038/AT. (PP. 2939/2000).

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Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo, se constatan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 22 de julio de 1999, Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A. unipersonal, solicitó en esta Delegación Provincial la Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución y Declaración en concreto de utilidad pública acompañando relación de propietarios y organismos públicos afectados.

Segundo. De acuerdo con el art. 15 del Decreto 153/1996, de

30 de abril, del Reglamento Ambiental, la mencionada instalación no precisa Informe Ambiental.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 17 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOE núm., de 22 de octubre de 1999, BOJA núm., de 4 de diciembre de 1999, BOP de Granada núm., de 26 de octubre de 1999, y Diario Ideal de Granada, de 16 de octubre de

1999.

Asimismo, se remitieron separatas y se recabó informe a los siguientes organismos afectados:

- Ayuntamiento de Purullena.

- Ayuntamiento de Cortes y Graena.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Imponiendo condicionados que posteriormente fueron aceptados por la empresa peticionaria o bien siendo aprobados por ausencia de respuesta a la reiteración de la solicitud de condicionado e informe.

Cuarto. Durante el período de información pública, no se presentaron alegaciones.

Quinto. Consta en el expediente Informe Técnico de Ingeniero, adscrito al Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial de Granada, en el que se pone de manifiesto, que efectuada inspección sobre el terreno, la traza de la línea no está afectada por las prohibiciones, ni limitaciones a que se hace mención en el artículo 57 de la Ley

54/1997 del Sector Eléctrico, y en los artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en Granada es competente para conceder la solicitada aprobación del proyecto de ejecución, declaración en concreto de utilidad pública y expropiación forzosa de la línea en cuestión, según lo dispuesto en el Título I, artículo 13, apartado 14, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre; Decreto de Presidente de la Junta de Andalucía

6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. La aprobación de las instalaciones eléctricas está regulada por el artículo 11 del Decreto 2617/1966, en vigor, en virtud de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

La aprobación del Proyecto de Ejecución de Instalaciones Eléctricas está regulado por el artículo 14 del Decreto

2617/1966.

De conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley

54/1997, del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad pública llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico

R E S U E L V E

Primero. Autorizar la instalación cuyas características principales son las siguientes:

Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A. Características: Línea aérea de A.T. 20 kV de Casetón Acequia del Lugar-La Peza, con 850 m de cable Al-Ac 3 x 54,6 mm¯ doble circuito, y 240 m de 3 x 54,6 mm¯ triple circuito, aislamiento por cadenas de 3 elementos U40BS, situada en tt.mm. de

Purullena y Cortes y Graena.

Presupuesto: 5.105.143 ptas.

Finalidad: Mejorar la calidad del servicio de la zona.

Segundo. Aprobar el Proyecto de ejecución de la mencionada línea.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas al proyecto presentado con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y

vigilancia de esta Delegación Provincial.

El plazo de puesta en marcha será de seis meses.

El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y

terminación de las obras a efectos de reconocimiento y

extensión del acta de puesta en marcha.

Tercero. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada línea, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Cuarto. Acordar la imposición de servidumbres y limitaciones de dominio de los bienes que se relacionan en la relación de propietarios afectados del Anexo a esta Resolución, a los efectos previstos en el artículo 56 de la Ley 54/1997.

Tercero. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada línea, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Cuarto. Acordar la imposición de servidumbres y limitaciones de dominio de los bienes que se relacionan en la relación de propietarios afectados del Anexo a esta Resolución, a los efectos previstos en el artículo 56 de la Ley 54/1997.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o a partir de la última de las publicaciones de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Granada, 5 de octubre de 2000.- El Delegado, Mariano

Gutiérrez Terrón.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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