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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Málaga, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios
autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ONDAGUA, S.A. ALHAURIN DE LA TORRE (MALAGA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio 672 ptas./trimestre
Consumo doméstico
Cuota variable o de consumo
Hasta 10 m?/trimestre 11 ptas./m? Más de 10 m? hasta 45 m?/trimestre 34 ptas./m? Más de 45 m? hasta 75 m?/trimestre 65 ptas./m? Más de 75 m?/trimestre, en adelante 119 ptas./m?
Consumo industrial
Tarifa única 65 ptas./m?
A efectos de facturación tendrán consideración de uso industrial los Centros Oficiales.
Cuota de contratación
Se aplicará la fórmula del artículo 56 del RSDA:
Cc = 600 d - 4.5003(2-P/t)
Siendo «p¯ = 11 ptas./m? para el consumo doméstico
65 ptas./m? para el consumo industrial
Siendo «t¯ = 10,44 ptas./m? para el consumo doméstico 40 ptas./m? para el consumo industrial
Derechos de acometida
Parámetro A: 2.459 ptas./mm
Parámetro B: 13.102 ptas./l/sg
Fianzas: Se exigirá la cantidad resultante de multiplicar el calibre del contador (mm) por la cuota de servicio (ptas./trimestre).
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este Organo en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 28 de diciembre de 1999
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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