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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE CABRA (CORDOBA)
Concepto Tarifas autorizadas IVA excluido
Cuota fija o de servicio 800 ptas./trimestre
(dará derecho a un consumo gratuito de hasta 20 m?/trimestre)
Cuota variable o de consumo
Consumo doméstico.
Hasta 20 m?/trimestre 0 ptas./mes Más de 20 m? hasta 30 m?/trimestre 38,32 ptas./mes Más de 30 m? hasta 40 m?/trimestre 43,95 ptas./mes Más de 40 m?/trimestre, en adelante 83,18 ptas./mes
Las familias numerosas gozarán de una bonificación del 10% en caso de un consumo de entre 30 m? hasta 40 m?, y una bonificación del 20% en caso de un consumo de 40 m?/trimestre en adelante.
Consumo industrial
Tarifa única/trimestre 20,56 ptas./m?
Las industrias de nueva creación gozarán de una bonificación del 95% del importe de la tarifa por plazo de diez años contados a partir de la fecha de la instalación.
Fianzas 1.000 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Organo en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de diciembre de 1999
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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